Textos LEMIR ISSN 1579-735X
© 2002 Ed. de Sonsoles Galí Garrido
[/1r/] BREVE COMPENDIO PARA BIEN
EXAMINAR
LA CONSCIENCIA
EN EL JUYCIO DE LA CONFESSIÓN
SACRAMENTAL.
COMPUESTO POR EL
ILLUSTRÍSSIMO
Y REUERENDÍSSIMO SEÑOR
DON MARTÍN DE
AYALA, ARÇOBISPO
DE VALENCIA.
AGORA
NUEUAMENTE CORREGIDO Y AÑADIDO
POR SU
REUERENDÍSSIMA SEÑORÍA.
Impresso en
Valencia, en casa de Ioan Mey.
1567.
Véndese a la puerta de los Apóstoles.
[/1v/] Qui absondit scelera sua, non dirigentur: qui autem confessus fuerit,
et reliquerit ca, miseri cordiam consequetur. Prouerb. 28.
Dixi,
confitebor aduersum me iniustiriam meam domino: et tu remisiseiim impietatem
peccati mei. Psalm. 31.
[/2r/] Lo que aquí breuemente se
trata se diuide en quatro partes y cada parte en sus capítulos.
¶
En la primera parte, se trata delos
presupuestos para la confessión, es a saber, de lo que hará el penitente antes
de llegarse a los pies del confessor.
¶
En la segunda, se declaran las tres partes de la penitencia sacramental, es a
saber, contrición, confessión y satisfactión.
[/2v/] ¶ En la tercera, se trata de los preceptos
diuinos y ecclesiásticos y de la intelligencia dellos y cómo se cumplen o
quebrantan.
¶
En la quarta, delos peccados mortales y delas obras de misericordia y, a
bueltas desto, de las virtudes y remedios que hay contra la ponçoña de los
peccados.
[/3r/] DON MARTÍN DE AYALA, ARÇOBISPO
DE VALENCIA, A LOS CONFESSORES Y PENITENTES DE ESTA SU DIÓCESI.
Mvchos
años ha, hermanos y hijos amados en Iesú Christo, que estando en Alemaña en
seruicio de la Magestad Imperial, compusimos este breue confessionario y le
dimos entonces a vnos amigos nuestros, que nos pidieron con instancia les
enseñássemos breuemente la orden de examinar su consciencia. El [/3v/] qual, después sin nuestra voluntad, se
imprimió y se ha impresso muchas vezes siempre con las hartas faltas, pero
viendo que porfían todavía en imprimirle, por atajar los errores que de cada
día en él crescen, nos ha parescido tornarle a remirar y corregirle y también
añadir en él algunas cosas delas que teníamos escritas en otro confessionario
mayor, las quales por la necessidad de los tiempos conuenía que también aquí se
declarassen y confirmassen más para lo qual nos ha principalmente mouido el
zelo de vuestra saluación y de vuestro prouecho espiritual, cuyo cargo nos ha
nuestro Señor encomendado, porque vemos que en esta diócesi, como en todas las
demás, hay mucha necessidad de enseñar bien el uso deste sacramento de la
confessión por ser tan necessario y el [/4r/] que más comúnmente se exercita y, por otra parte, ser en quien mayores
yerros cada día acontescen. Hemos procurado tratarlo todo con breuedad y
resolución, que era lo que conuenía, porque aunque hay desta materia infinitos
libros escritos, pero vnos por muy largos no los quiere ver el pueblo o no
tiene tiempo para leerlos, otros son tan cortos que no declaran todo lo que ordinariamente
es necessario en la confessión. En este, pensamos, con el ayuda de nuestro
Señor, hauer guardado vna medianía razonable. Plegue a nuestro Señor que haga
en las consciencias el fructo que desseamos. Hemos añadido, también, a los
peccados sus remedios porque juntamente os apercibáys los penitentes para la
confessión y concibáys buenos propósitos de la emienda, [/4v/] viendo la facilidad del remedio. Y para que
también los confessores podáys de aquí escoger la medicina que más viéredes que
conuiene a cada enfermedad. Nuestro Señor os dé su gracia y bendición. Amén.
/5r/ PRIMERA PARTE DE LOS PRESVPUESTOS PARA LA CONFESSIÓN.
CAPITULO
I. DE LA PENITENCIA CHRISTIANA.
La
penitencia christiana, que es como materia del sacramento de nuestra
reconciliación, no consiste solamente, como algunos errados y engañados en
estos tiempos han querido persuadir perniciosamente, en començar nueua vida y
dexar la vieja del peccado, que llaman algunos antiguos doctores transmentación
o resipiscencia, que /5v/ es como estar vno arrepiso de hauer peccado. Bien es
verdad que esto es parte principal de la penitencia, pero no basta sino hay
efficaz aborrescimiento del peccado y pesar y arrepentimiento de la mala vida
con lágrimas de dentro o de fuera, con ánimo de confessar y de satisfacer, como
Dios lo enseña por los prophetas, especialmente por Ioel {Ioel.2}: "Conuertíos a mí -dize Dios- de todo coraçón, con ayuno y lloro y
llanto. Y romped uuestros coraçones y no uuestras uestiduras". En dezir conuertíos, nos manda Dios que, bueltas las espaldas a los peccados
y dexando la vida vieja de ellos, boluamos la cara a Dios, es a saber, la
voluntad, por amor y desseo de seruirle y de estar en su gracia y obediencia.
En dezir de todo coraçón, quiere dar
a entender que no sea a medias nuestra conuersión arrepintiéndonos de v- /6r/
-nos peccados y quedándonos en otros o dexando las occasiones de ellos cerca de
nosotros sino que del todo y con efficacia bolvamos las espaldas al peccado y
nos conuirtamos a nuestro Dios como a nuestro principio y todo nuestro bien y
señor nuestro, el qual quiere todo el coraçón. En dezir con ayuno y lloro y llanto, es a saber, quebrantando la dureza de
los coraçones causada por el peccado, se nos manda y encomienda la satisfactión
delas offensas de Dios y daños delos próximos, abriendo la boca por la
confessión para que salga la ponçoña de los peccados del alma. En lo que más
dize romped uuestros coraçones y no
uuestras uestiduras, da a entender la no vulgar displicencia y pesar que
hauemos de tener de las offensas cometidas contra la magestad de Dios y su
sancta ley, en la qual quiere el prophe- /6v/ -ta que hagamos hincapié y
pongamos, con el ayuda de nuestro Señor, nuestro principal estudio y cuydado y
no tanto en las muestras de afuera, que pueden ser falsas y fingidas como lo
hazían antiguamente alguna gente principal de la vieja ley que quando oýan
alguna cosa en offensa de Dios, especialmente alguna blasphemia, se preciauan
más de romper sus vestiduras en señal de despecho de lo que oýan que no de pesarles
cordialmente dela offensa de Dios. Con estas palabras, el Propheta da claro a
entender que no basta dexar solamente la mala vida de los peccados y començar
la vida nueua de las virtudes y mandamientos de Dios porque esto el hombre lo
puede hazer en algunos casos naturalmente o por fastidio o cansacio del
peccado, o por su interesse o passatiempo, o por vn temor baxo car- /7r/ -nal o
amor solo de sí mesmo en muchos peccados. Los quales si por esta vía solo los
dexassen, bien se dirían que dexan la vida vieja y toman la nueua, pero no se
dirían penitentes christianos porque no dexan la mala vida con aborrescimiento
del peccado como cosa de que se offende y desagrada Dios, nuestro Señor, ni
toman la nueua por el amor y obediencia de Dios; no se mueuen por fe ni con
esperança del perdón de Dios, estribando en su diuina misericordia ni por temor
de sus juyzios y de offenderle: Esto enseña toda la escuela de los Sanctos
Padres, a quien hauemos de seguir, y no a falsos prophetas. Sanct Athanasio
{Athanasio} en la quistión 162 enseña que la penitencia no solo consiste en
hincar las rodillas el penitente sino en trabajos y lágrymas y apartarse con
efficacia del peccado. Y el gran Basilio en sus /7v/ {Basili} reglas morales
dize: "Con grande temor y lágrymas se deue apartar el alma affligida y
oppressa de los peccados y con esperança y affecto del amor de Dios". Y él
mismo sobre el psalmo 32 dize: "Quiere Dios tener misericordia delos
peccadores con que haya emienda y con que te halle humilde y que los llores
mucho". Y el glorioso Ambrosio, en el primer libro {Ambrosius} de la
penitencia: "Espera -dize- Dios nuestros gemidos, pero gemidos temporales
para remitir los perpetuos. Espera nuestras lágrimas para derramar sobre
nosotros sus misericordias".
¶ Y aunque leamos de Christo,
nuestro redemptor, hauer recebido a algunos peccadores al parescer sin
lágrymas, a esto se responde, lo primero, que el exemplo de Christo no se ha de
traer a conseqüencia en estos casos porque él como Dios y señor de to- /8r/ -do
bien pudo y puede usar de la potestad, que llaman los theologos de sobre
excellencia que no está subjeta a las reglas ordinarias, de la qual carescen
sus ministros en la Yglesia porque son despenseros solamente ni tampoco se
sigue, como estos errados pretenden. No está escrita la confessión ni lágrimas
ni satisfactión de algunos penitentes que Christo recibió, luego no la tuuieron
ni es menester. No vale esto porque muchas cosas hay fixas y verdaderas en la
Yglesia que no están escritas, las quales no se tienen con menor firmeza que
las escriptas, como es esta entre muchas otras. Quanto más que a ningún
penitente se lee hauer recebido Christo, nuestro señor, sin fe biua y sin que
truxesse consigo aborrescimiento y apartamiento del peccado, como paresce por
sus palabras quando les amonesta que no pequen más, y assí dixo al adultera:
"Ve y no quie- {Ioan.8} /8v/ -ras más peccar". Y a los que curaua de
enfermedades dezía: "Tu fe te ha hecho saluo". A los quales, conforme
a la doctrina de los sanctos, juntamente les curaua también de las enfermedades
espirituales, es a saber, de los pecados porque ellos son muchas vezes causa de
la enfermedad corporal, como se paresce en aquello que dixo Christo, nuestro
redemptor, al paralýtico de la piscina después de hauerle curado: "Ya eres
hecho sano, no quieras más peccar, porque no te acontezca otra cosa peor".
Y en lleuar estos fe, es claro que era tal, que el dexar el peccado los que
lleuauan perdón de Christo yua guiado por ella porque por esto haze memoria de
la fe tan especialmente porque era efficaz, es a saber, que guiaua al penitente
para esperar lo que hauía de esperar de Dios y dexar el peccado, como se deuía
de- /9r/ -xar, y para obrar en ellos mouimientos de amor y obediencia dela ley
de Dios, de la qual habla sanct Pablo en {Gala.5} la epístola que escriuió a
los Gálatas, llamando la fe que obra por amor, de manera que si aquellos tenían
fe verdadera, biua y efficaz que obraua por amor, creýan el mal estado en que
estauan y creyéndolo con firmeza hauíales de pesar d'él. Y teniendo esso mismo
la tal fe, creýan que la vida de los peccados desagradaua a Dios y que Christo,
nuestro redemptor, los podía perdonar y, por el consiguiente, creýan y
esperauan de su bondad que los hauía de querer perdonar.
Pues, donde todo esto concurría, no
me paresce que hauía falta de las partes necessarias para el perdón. Haze
también mucho caso para confirmación de esto, ver que Christo, nuestro
redemptor, començó su doctri- /9v/ -na por la predicación de la penitencia:
{Mat.4} "Hazed -dize- penitencia, que ya se ha acercado el reyno de los
cielos". Y en {Luc.13} otra parte: "Si no hiziéredes penitencia todos
peresceréys juntamente". Y el glorioso {Mar.1} precursor suyo también
començó de la misma manera y es claro que enseñaron la penitencia que predicó
Ioel y los demás prophetas, la qual no incluye fe solamente sino
arrepentimiento de coraçón y frutos de penitencia, que son obras satisfactorias
y aún penales. Y no queremos tampoco dezir que el penitente ha de lleuar
siempre lágrimas sensuales y visibles de necessidad, aunque las lágrimas
semejantes, quando las hay, son cierto don de Dios y son señal muchas vezes de
verdadero arrepentimiento, que bien se entiende que muchos las pueden tener por
ser demasiado tiernos de coraçón sin aborrescimiento efficaz /10r/ del peccado
y otros, al contrario, pueden ser de tal composición y dureza, que sin
tenerlas, dexen el peccado con efficacia y aborrescimiento de la mala vida,
como lo manda Dios. De manera que por lágrimas entienden los sanctos lo que
sanct Pablo enseña {2.Corinth.7} en la segunda Epístola de los Corinthios, es a
saber, vna tristeza y pesar interior del alma, que haga aborrescer y dexar la
mala vida por Dios y se comience la nueua de propósito.
¶ Es luego la penitencia, que llaman
virtud christiana, vn cordial arrepentimiento de los peccados, con propósito de
confessarlos y de satisfazer con esperança del perdón desseando estar en
amistad de Dios y debaxo de su sancta obediencia; y a esta se reduzen todas las
definiciones que dan /10v/ los sanctos y se incluye en ella todo lo que es
menester, conforme a lo determinado ya por la sancta madre Yglesia. Por lo qual
sabrá el christiano, por poco que entienda, quando está como deue, poco más o
menos, o quando no, en este negocio que tanto le va. Esta definición es tan
clara que no la queremos más explicar por no confundirla.
¶ CAPÍTULO II. DEL PRIMER PRESUPUESTO PARA EL SANTO SACRAMENTO DE LA
PENITENCIA.
Ante todas cosas, considere el
christiano que quiere yr a recebir este sancto sacramento qué es lo que va a
hazer y negociar y lo que pretende alcanzar por este sancto exercicio de la
confessión y sacramental y absolución, que es restituyrse con Dios en la gracia
y amistad perdida por sus /11r/ negligencias y peccados y alcançar perdón
dellos. Y que el medio por donde pretende conseguir tanto bien es por
subjectarse con arrepentimiento cordial y entera confessión de sus culpas y
firme propósito de satisfazerlas y hazer vida nueua al tribunal de la
misericordia de Dios delante de su vicario, que es su pastor, que le puede
absoluer por el poder que tiene del mismo Dios y el valor de la sangre de Iesú
Christo, que se communica en este sacramento de la confessión al que lo recibe
como conuiene. Las quales son cosas tan grandes y de tanta importancia que el
hombre solo de por sí no basta a ponerlas por obra ni aún a principiarlas bien
sin especial gracia y fauor de nuestro Señor. De donde se entiende claro que,
pues, en los negocios arduos y difficultosos, que la industria huma- /11v/ -na
de por sí puede concluyr, no se osa el hombre entremeter ni emprenderlos sin
mirar bien lo que emprende, pensando primero el cómo y quándo y con qué medios
y disposiciones deue yr proueýdo para concluyr y alcançar lo que pretende, con
mucha más razón, deue tratar con grande diligencia y consideración vn negocio
como este donde Dios particularmente con su gracia ha de obrar y concurrir y
que tanto le importa al que lo va a tratar. Y no yr desproueýdo ni con tan
perniciosa negligencia, descuydo y frialdad, como van muchos el día de hoy a
recebir este sancto sacramento, viniendo muchas vezes de recebirle peores de lo
que fueron por el menosprecio y descuydo con que tratan este negocio tan arduo
porque es cierto que el que no va allí como deue yr faltando no- /12r/
-tablemente en lo substancial y necessario para recebir este sancto sacramento
no solo no consigue perdón de sus culpas, pero por el pecado graue que haze,
sale cargado de nueuo de yra y maldición de Dios por tratar los sacramentos de
la gracia con menosprecio o como de burla o por vna manera de cumplimiento,
menospreciando el precio de la sangre de Iesú Christo, cuya virtud obra en
ellos, porque escripto está en el propheta Ieremías: "Maldito es el hombre
{Ierem. 48.} que trata el negocio de Dios con descuydo, fraude o negligencia".
Contra este abuso, por ser mal
vniuersal y que en los más de los fieles poco o mucho se halla, querría yo que
se armassen hoy los buenos confessores y curas y predicadores, alomenos las
Quaresmas, dando a entender a los que enseñan y tienen a su cargo el peligro
/12v/ grande en que están los que assí van a recebir el sacramento dela
penitencia Pero agora todo esto falta y se haze al contrario, que no sé si por
la dissolución y mala costumbre de los hombres y poca fe que tienen, o por la
ignorancia y facilidad con que son absueltos los peccados por muchos
confessores, que a cada passo y a cada rincón confiessan más como tristes
mercenarios por el vientre y por lo que piensan hauer de los penitentes que
como verdaderos pastores; pocos o ningunos confiessan como deuen. Muchos se
confiessan sin verdadero arrepentimiento y, si lo tienen algunos, no es tanto
que despidan por esso del todo de sí los peccados ni occasiones próximas dellos
ni lleuando hecha restitución o satisfactión o propósito determinado de hazella
con effecto y de començar nueua vida. Al fin, no tra- /13r/ -taríamos con vn
hombre, el más soez del mundo, el negocio dela manera que lo tratamos con Dios,
todo lo qual es camino para incurrir en la terrible yra de Dios, quedándonos en
ceguera de falsa persuasión, pensando que hauemos hecho lo que deuemos y que
tenemos paz con Dios, no teniéndola. Él por su misericordia socorra tanto mal
como es la impenitencia.
¶ CAPÍTULO III. DEL SEGUNDO PRESUPUESTO ANTES DE YRSE A CONFESSAR.
Aprouechará mucho, para buen
principio deste negocio y para que Dios acorra con su gracia y fauor, sin la
qual nada bueno que sea de la substancia de la salud del alma se puede hazer,
pedir el penitente a nuestro Señor de coraçón, algunos ratos o días antes, que
le dé alientos para hazer verdadera penitencia y le alum- /13v/ -bre el
entendimiento para conoscer el peccado y el mal estado en que ha estado
apartado de Dios y en desgracia e yra suya y le despierte la memoria para
acordarse del processo de su mala vida y esso mismo dé fuerças a la flaqueza de
su voluntad para dessear salir con efficacia de tan malo y peligroso estado,
como es el del peccado, por verdadero arrepentimiento.
¶ CAPÍTULO IIII DEL TERCER PRESUPUESTO, QUE ES LA MEMORIA DE LOS
PECCADOS.
Después de hecho esto, recogerse ha
algunos días o ratos, conforme al tiempo que ha que no se confessó, y procurará
con diligencia de traer a la memoria quanto buenamente pudiere todos los
peccados que ha cometido dende la confessión passada; y no vaya a los pies del
confessor confiando solamente en lo que le /14r/ podrá preguntar porque cosa de
tanta importancia, como es yr a reconciliarse con Dios, no se ha de hazer como
a caso accidentalmente sino de propósito, entrando primero en cuenta particular
con Dios y con su consciencia enlo secreto de su cámara, considerando que va
allí a dar cuenta de su vida a Dios y al sacerdote en su nombre, la qual no se
puede dar como se deue sin que preceda vn discurso y consideración de los
cargos dela consciencia, que son los peccados; y aun el sacerdote que quiere
vsar bien de su officio no deuría admitir al penitente que desto va
desproueýdo, si no fuere estando en extrema necessidad, porque es menosprecio
manifiesto del sacramento y del juyzio penitencial de Dios que en él se
exercita.
¶ Luego, lo que ha de hazer el
penitente es que, recogido en vn lugar a /14v/ solas donde nadie le pueda
perturbar, con humildad y temor de Dios, nuestro señor, que le ha de juzgar y
teniendo la ley de Dios delante, como espejo en que ha de mirar las manchas y
cicatrizes de sus peccados y lo que es obligado, según estado y vocación en que
Dios le puso, comience a entrar en cuenta de su vida desbaratada y mala
conuersación que ha tenido y peccados que ha cometido contra la Diuina
Magestad, a quien tanto se deue, y también lo que ha cometido contra sus
próximos.
¶ Esto podrá hazer sin mucha
difficultad el penitente si considerándose a sí y a sus malas inclinaciones,
haziendo cuenta que está delante del juyzio de Dios, se pusiere delante estas
cinco cosas:
1. El tiempo que ha que no se
confessó.
/15r/ 2. El estado de su persona.
3. Los tratos y exercicios en que ha
entendido.
4. Los lugares en que ha estado.
5. Las personas con quien ha más
conuersado.
CAPÍTULO
V. DE QUÉ PECCADOS ES MENESTER HAZER MEMORIA PARA LA CONFESSIÓN Y DECLÁRASE QUÉ
COSA ES PECCADO UENIAL.
Para que se entienda bien de qué
peccados es necessario hazer memoria para arrepentirse dellos y confessarlos y de
qué no es de notar, que los peccados que el hombre por su voluntad comete son
de dos maneras: vnos son veniales, otros mortales.
¶ Veniales son aquellos peccados y
negligencias en que a cada hora y occasión por nuestra flaqueza caemos. Assí
como son burlar, reyr, hablar dema- /15v/ -siado, ayrarse de presto o mentir
sin daño del próximo y, generalmente, casi todos los malos mouimientos que
tenemos, que no son enteramente deliberados y se podrían en alguna manera
preuenir y estoruar; o si son deliberados no se hazen con menosprecio de Dios
ni con notable desacato suyo ni daño notable de sí ni de sus próximos. Todos
estos se llaman peccados veniales porque Dios, nuestro señor, hauida
consideración a la ligereza dellos y a nuestra enfermedad y miserable y flaca
composición fácilmente los perdona y no nos obliga por ellos sino a pena
temporal. Destos {Proue. 24.} tales dezía Salomón que siete vezes al día cae el
justo, queriéndonos dar a entender que muchas vezes caen en ellos aún los que
son justos y andan sobre el auiso. Y destos también entendía sanct Ioan en su
Canóniça, quan- /16r/ -do dezía: "Si dixéremos que no tenemos {1 Ioannis.
14.} peccados, engañámosnos". Y assí, por ser tan quotidianos y tan
annexos a nuestra flaqueza, dexó Dios en su Yglesia, allende del sacramento de
la penitencia, muchos remedios para ellos, por lo qual no es loable cosa y de
temerosas consciencias confessarlos. Los principales remedios destos peccados
son:
1. La limosna hecha con obra o con
desseo quando no hay de qué.
2. Herirse en los pechos con algún
arrepentimiento.
3. La continua oración,
especialmente la del Pater Noster.
4. Suffrir las faltas e
importunidades y tribulaciones.
5. Tener paciencia en las
aduersidades y tribulaciones.
/16v/ 6. Confessarse a Dios por peccador,
aunque sea generalmente.
7. Oyr missa deuotamente.
8. Tomar el agua bendita. Esto se
entiende haziéndose con buen mouimiento de deuoción y de algún pesar de los
peccados.
9. La bendición episcopal recebida
con humildad.
CAPÍTULO
VI. DE LOS PECCADOS MORTALES, QUE SON CON QUIÉN SE HA DE TENER PARTICULAR
CUENTA EN LA CONFESSIÓN.
Resta, pues, que los peccados
mortales solamente, o que hay probable duda si lo son, son aquellos con que se
ha de tener cuenta de necessidad en la confessión sacramental para confessarlos
entera y claramente y arrepentirse dellos. Y aunque es muy difficultoso en
muchos casos juzgar lo que es mortal o venial y no se puede bien /17r/ medir a
dedos, como lo quieren medir algunos, pero, como la materia presente lo suffre,
entienda el confessor o penitente aquella obra o negligencia ser peccado mortal
en que de propósito, con desacato notable de Dios o delos que están en su
lugar, o daño notable de sí o de su próximo se quevranta alguno de los
mandamientos de Dios o se va de propósito contra preceptos o estatutos de
importancia de su estado o vocación o quando se haze contra lo que la propria
consciencia nos enseña que somos obligados a hazer, aunque de verdad no lo
seamos; como si vno formasse consciencia que era obligado a oyr missa cada día
so pena de peccado mortal, peccaría mortalmente si fuesse contra ello porque,
como dizen los theólogos, conforme a sanct Pablo: {Romano. 34} "Todo lo
que se haze deliberadamente /17v/ contra lo que dicta la fe de la consciencia,
condena y lleua el hombre al infierno".
¶ Destos peccados que son
enteramente mortales, y delos que por parte de su qualidad o quantidad tiene
duda el penitente o confessor si lo son o no, de tal manera que no se sabe bien
en ello determinar, de todos ellos ha de hazer memoria, como dicho es, el
penitente para arrepentirse dellos y confessarlos porque si dexasse
voluntariamente por malicia o negligencia notable alguno dellos por confessar,
no haría el penitente de la confessión, como deue hazerla, entera, antes diuidiría
la materia del sacramento y cometería irreuerencia contra el Spíritu Sancto que
obra en él, el qual no perdona a nadie a medias y, por el consiguiente,
peccaría grauemente.
¶ Y en todos estos peccados no solo
/18r/ deue tener cuenta con los que ha cometido por obra para los confessar
sino también con los que ha cometido con desseo deliberado y por palabra, pues,
en todo se offende Dios grauemente, como Iesú Christo nos enseña en su
euangelio y sanct Augustín, {22. contra Fausium.} quando definiendo el peccado,
dize que es dicho o hecho o desseo contra la ley de Dios.
CAPÍTULO
VII. DE LAS CIRCUNSTANCIAS.
Hase también de tener en cuenta en
[e]sta consideración y memoria para tener arrepentimiento y hazer deuida
confessión, no solo con la substancia destos peccados desnudamente sino también
con las circunstancias que los han acompañado, especialmente, con las que
agrauan de manera que mudan la especie y naturaleza del peccado o la alteran
notablemente, assí como /18v/ cometer el hombre algo contra sus padres o
prelados o peccar en lugar sagrado.
Las circunstancias communes son
siete:
1. Quién.
2. Quál.
3. Quánto.
4. Porqué.
5. En qué lugar.
6. En qué tiempo.
7. Quántas vezes, pocas más o menos.
¶ Quién, es a saber, qué perdona,
qué officio tiene y en qué vocación está puesto el penitente sino fuere notorio
el confessor.
¶ Quál, es a saber, la persona con
quien o contra quien se pecca. Y guárdese mucho de explicar ni declarar en parti-
/19r/ -cular la persona con quien ha peccado sino declare su confessión de
manera que nadie se infame porque aunque se pueda dar algún caso en que se
pueda o deua hazer esto, pero en lo ordinario no es lícito hazerse, antes es
perjudicial a la fama del tercero y al exercicio y prática deste sancto
sacramento y de que pueden nascer muchos males y atemorizarse los penitentes
para venir a este sacramento de la confessión.
¶ Quánto, es a saber, la quantidad
del peccado o del daño o del menosprecio que enel peccado se haze y del
detenimiento en él.
¶ Porqué, el fin o intención con que
se pecca.
¶ En qué lugar, es a saber, si es
público o secreto, profano o sagrado o lugar de oración.
¶ /19v/ En qué tiempo, si es día de
fiesta o de ayuno o de pública oración.
¶ Quántas vezes, circunstancia es
que está de sí clara.
¶ Y no piense el christiano que esta
meditación de su vida se ha de hazer ansí seca y fríamente sino con recogida y
atenta consideración de sus peccados y arrepentimiento efficaz y verdadero dellos
con esperança y fiuzia de su misericordia, estribada en la sangre y mérito de
Iesú Christo, nuestro señor, y con verdadero propósito de la enmienda porque
poco aprouecharía hauerse traýdo a la memoria su mala vida passada sino
procurasse, con el ayuda de Dios, arrepentirse y tener contrición verdadera de
sus peccados, lo qual podrá hazer de la manera que se sigue.
/20r/ PARTE SEGVNDA QVE TRATA DE
LAS TRES PARTES DE LA
PENITENCIA
SACRAMENTAL, ES A SABER,
CONTRICIÓN,
CONFESSIÓN Y SATISFACTIÓN.
X
CAPÍTULO
I. DE LA CONTRICIÓN.
Teniendo el penitente la enormidad y
fealdad de sus pecados ya delante, con las circunstancias que diximos, es
menester que esforçado con la gracia y virtud de Dios, con verdadero y cordial
arrepentimiento dellos pida a Dios perdón con humildad /20v/ y con esperança de
alcançarlo, pesándole con efficacia de sus peccados, desconfiando de sí y
confiando en la misericordia de Dios y estribando en los méritos de Iesú
Christo cuya virtud va a participar en este santo sacramento. Y aunque este
dolor de los peccados se despierte por temor de las penas y la justizia y
juyzios de Dios, no por esso desconfíe el christiano penitente porque este
temor no dexa de ser bueno y don y merced de Dios es, como dizen los sanctos,
el qual suele traer consigo el amor de Dios y su obediencia (según que sanct
Augustín y la experiencia en alguna manera lo enseña) porque es como el aguja o
sedal que mete el hilo por el agujero por donde ella entra. Y assí deue
procurar el christiano penitente, quando en sí fuere, con ayuda y fauor de la
gracia de Dios de passar /21r/ adelante con sanctos desseos y despertar, si
pudiere, en su alma el amor de Dios, de que suele causar el verdadero y filial
temor y arrepentimiento delos peccados, con el qual le pesa al hombre cordialmente
de las offensas de Dios, principalmente, por quien Dios es y lo que se le deue
como a Dios y verdadero padre y señor de todos.
Exemplo tenemos desta contrición y
arrepentimiento en el sancto rey Ezechías, que estando atribulado y sintiendo
el juyzio e yra de Dios ya sobre sí y pungido del estímulo de la muerte y de su
consciencia y peccados dixo{Esa.34}: "Recogitabo
tibi omnes annos meos in amaritudine
animae meae" ("Recapitularé -dize- a ti todos mis años con
amargura de mi ánima"). Las quales palabras se han mucho de ponderar
porque declaran bien las condiciones que /21v/ ha de tener la meditación y
contrición de los peccados. Quien dize años
también incluye meses, semanas, días, horas y momentos porque destas partes se haze
y constituye el tiempo y no se entiende que ha de ser vna consideración de los
mouimientos del sol y del cielo, de que se haze el tiempo y las differencias
d'él sino delas malas obras, palabras, pensamientos y propósitos peruersos que
en ellos se han cometido porque, según el lenguaje de la [e]scriptura diuina,
años del hombre y días del hombre se llaman los días que se biuen según la
corrupción de nuestros apetitos y en que exercitamos nuestra mala voluntad,
como también se llama día de Dios en el que exercutará él su voluntad. Y en
dezir mis años nos da a entender es
SpírituSancto que el penitente no ha de yr a confessar las culpas agenas /22r/
ni las vidas de los otros ni a accusar a otros y escusarse a sí indeuidamente
sino a contar sus proprias offensas y miserias. Y quien dize todos da a entender que no ha de dexar
nada delo que viere y entendiere en que Dios se ha offendido. Y en lo que dize con amargura de mi ánima, da a entender
que el negocio de la reconciliación con Dios no se ha de tratar con solo vn
tibio y remisso conoscimiento de los peccados sino ocupando de veras el
entendimiento y meditación con affectos de aborrescimiento cordial y pesar
dellos en la voluntad con amargura interior ni se han de considerar los
peccados como cosas passadas y que ya no son sino como cosas que aunque en la
substancia del hecho hayan passado, pero sus effectos, es a saber, la
condemnación e yra de Dios y las penas y rastros /22v/ y miseria quedan y duran
siempre en el ánima miserable si no las ataja la benigníssima gracia de Dios
con ayudar y despertar el alma para la verdadera contrición y penitencia
dellos.
¶ Hará mucho al caso, si el
penitente tiene algún caudal de sentido christiano para despertar en el coraçón
el aborrescimiento delos peccados, si se para vn poco a considerar quán grande
mal es el peccado y qué es lo que hizo Dios para desterrarlo de las almas y
quán costoso le fue y, también, quántos inconuenientes y peligros casi
irreparables trae consigo, si la misericordia y gracia de Dios no socorre y
restaura sus daños. Es a saber, considerando la miseria y baxeza del ser dellos
y quán subjeto a la desorden de sus apetitos y malos moui- /23r/ -mientos, casi
a manera de bruto, y el reato y condenación de las penas eternas que Dios tiene
aparejadas para los que traspassan su ley y la justicia y duro juyzio que está
reseruado paralos impenitentes. La fealdad, también, y mancha que dexa en el
alma con que se haze abominable a Dios y a los ángeles. La ceguera que trae
tras de sí en el entendimiento con que casi pierde o se le añubla el
conoscimiento verdadero de sí y del peccado, paresciéndole ya como cosa de
juego el peccar y offender a Dios. Y la corrupción, también, que dexa el alma,
que a penas paresce que se puede restituyr en la integridad que estaua antes
por la continuación de los peccados y la flaqueza grande que queda para
resistir los ímpetus de las passiones y peccados, alos quales mal se ha
subjectado y cómo, al fin, aparta al hombre peccador /23v/ de Dios y de la
amistad y gracias y gloria suya y pone al peccador en compañía del demonio,
subjecto a la yra de Dios, a la qual nadie puede resistir, y le pone, en fin,
en vna triste y perpetua miseria. Todo lo qual, si con fe verdadera se
considera, no dexará de leuantarse en el alma del penitente odio y
aborrescimiento de sus peccados y aún de sí mismo en quanto peccador.
¶ Pero es de notar que para esta
meditación y amargura del arrepentimiento de los peccados acarree la paz y
amistad de Dios, como dize el mismo sancto rey Ezechías, es menester que no
pare aquí la consideración y buenos mouimientos del penitente sino que passe
más adelante porque si aquí se quedasse quedaría en estado triste y peligroso,
como Caín y Iudas y otros que se despidieron de la misericordia de Dios ane-
/24r/ -gándose en la desmedida consideración de la grauedad y fealdad de sus
peccados. Y, assí, ha de considerar que Aquel a quien ha offendido por sus
culpas es summamente bueno y summamente misericordioso, que no quiere la muerte
del peccador sino que se conuierta y biua y que dessea reduzirlo a sí por la
sangre de su Hijo que es el precio y peso de nuestra justicia y redempción, y
que es nuestro verdadero padre por creación y gracia de adopción y nosotros,
sus hijos criados y adoptados para su gloria y, assí, se dolerá el peccador de
hauerle sido ingrato y rebelde y de hauer offendido a tan summo bien y a quien
tanto deue y tanto le ha esperado y suffrido.
¶ Con esta o otra semejante
consideración, darle ha nuestro Señor halientos para leuantar el alma /24v/
tibia, cayda y desconsolada con la fiuzia y esperança de las misericordias
immensas de Dios y del perdón de sus peccados, llorando con gemidos interiores,
ya que con lágrimas de fuera por su dureza no pueda, la miseria de sus
peccados, doliéndose dellos con amargura, no tanto ya por las penas infernales
y justicia y duro juyzio de Dios que le está aparejado como por su amor y
reuerencia y despertará en él nuestro Señor, que siempre suele assistir y
fauorecer semejantes desseos y pensamientos, con la fuerça de su spíritu el
amor christiano, que es el que junta el alma con Dios, su principio, y el que
da perfectión y verdadero ser al arrepentimiento y odio de los peccados porque
los haze aborrescer como a offensas cometidas contra el summo bien y summa
justicia y contra su Dios y padre y señor. Y, assí, es /25r/ forçada ya el alma
con la verdadera confiança que nasció, no dela fe sola, sino del desseo y amor
verdadero y efficaz de juntarse con Dios y allegarse a él, desconfiando de sí,
recurrirá a su diuina bondad, como recurrió el hijo pródigo a su padre y fue
d'él recebido con amor y beneuolencia paternal.
CAPÍTULO
II. QUÉ COSA ES CONTRICIÓN Y LAS CONSIDERACIONES QUE AYUDAN PARA TENERLA.
Por ser la contrición la más
principal parte de la penitencia y ser de quien menos se suelen apercebir los
que se van hoy a confessar, nos hemos detenido algún tanto en enseñar al
penitente cómo se ha de arrepentir de sus peccados; pero el que quisiere saber
en suma qué cosa es contrición, /25v/ entienda que no es otra cosa sino vn
cordial arrepentimiento delos peccados por amor de Dios y con esperança del
perdón. Esta definición es conforme a la doctrina del santo Concilio de Trento
{Sel.14 cap.4.} y es propria de la contrición tomada como se distingue de las
otras dos partes de la penitencia sacramental.
¶ Y, pues, vee el penitente quán
necessaria parte es la contrición para la verdadera penitencia de los peccados,
deue procurar con mucha diligencia, quanto con el ayuda de Dios pudiere, que no
lleue falta notable en ella y, assí, para mejor despertar en sí el
aborrescimiento de los peccados y el amor de Dios, se podrá aprouechar destas
consideraciones siguientes:
Del conoscimiento de sí mesmo y de
su poquedad y miseria.
/f 26r/ Del conoscimiento de la
grandeza immensa de Dios, a quien ha offendido.
De la meditación delos peccados y su
fealdad y daños que consigo traen.
De pensar en la yra de Dios y su
juyzio y en las penas que por sus peccados meresce.
De reconoscer los inestimables
beneficios que de Dios ha recebido.
De tener delante los ojos su immensa
misericordia y bondad, que a ninguno desecha que de coraçón se busque.
Y, finalmente, con el exercicio dela
sancta oración, con la qual se alcançan los dones de Dios conuenientes a la
salud del alma.
CAPÍTULO
III. ALABANÇA DE LA CONFESSIÓN Y DE SUS PROUECHOS, SACADA DE PALABRAS DE
SANCTOS Y ANTIGUOS DOCTORES.
La confessión sacramental, hecha
como se deue hazer, en que se occorre /26v/ a las ineffables misericordias de
nuestro Señor y al juyzio de sus pastores en su Yglesia, es allegamiento a
Dios, escapamiento del infierno, y es boluer las espaldas al peccado para
juntarse con Dios, es nutrimiento de la christiana humildad, obseruancia de la
disciplina christiana, retenimiento y conseruación de la gracia, perdón de la
mala vida y principio de la buena y gran consuelo para el alma. ¡Qué de males
se atajan en el mundo, que no se atajarían sino fuesse por este sancto
exercicio! ¡Qué de bienes se acarrean assí al penitente, como a toda la
Yglesia, de vsar y freqüentar la sancta confessión sacramental como se deue!
¡Qué de peccados! ¡Qué de peligros! ¡Qué de inconuenientes se euitan del alma y
aún del cuerpo por ella! ¡Quánto prouecho hazen los buenos consejos y
amonestaciones y la gracia que /27r/ en ella se communica! Y, por el contrario,
¡en qué peligros e inconuenientes se incurre por faltar notablemente en la
sancta confessión! Bien lo conoscía al rey Dauid {Psa. 32} quando dixo que por
hauer cessado él de confessar a Dios sus peccados y hauer callado mucho se
hauía enuegescido y endurescido en ellos. Alomenos esto no se puede negar sino
que con la confessión, haziéndose deuidamente en poco espacio, se haze muy
grande e importante negocio con Dios, por que lexos está del estado del perdón
el que ha cometido peccados contra Dios y conosciéndolos no los confiessa
pudiendo y quando es obligado.
CAPÍTULO
IIII. DE LA NECESSIDAD Y UTILIDAD DE LA CONFESSIÓN.
Ordinariamente, Dios, nuestro señor,
en la ley de natura y testamen- /27v/ -to viejo quando quería prouocar a
penitencia o dar perdón de los peccados, quiso confessión dellos en alguna
manera de parte del que hauía de ser perdonado y reduzido a su amistad, no
porque él ignore nuestras obras y pensamientos sino para que el perdón suyo o
su sentencia assiente bien y se vea que va justificada; y no hay duda sino que
prouoca mucho al juez la voluntaria confessión del peccado salida de buen pecho
porque es señal de arrepentimiento y de humildad y es señal que tiene buena
estimación de aquel de quien pretende ser perdonado y es, alfín, señal que se
quiere emendar del peccado y que dessea sanidad, pues, muestra su llaga y
enfermedad al médico que le puede curar y se reputa por enfermo y necessitado
de salud. Y, por el contrario, si no confiessa el /28r/ mal que ha hecho, es
señal de soberuia y rebeldía y es señal que siempre se quiere quedar en
peccado. Exemplo hay desto en la Sagrada Escriptura enel libro del Génesis
{Gen. 3}, que después de hauer peccado nuestro primer padre, le preguntó a Dios
acerca de su estado para que respondiendo confessasse su culpa y, confessando
él, diesse Dios su sentencia. Y en el Leuítico, {Leuíti. 16. 86 Nu. 5.} quando
se offrescía sacrificio por algún peccado, mandaua Dios que el que assí pedía
perdón por el sacrificio se confessasse del peccado en cierta manera. Y, assí,
dezía Dauid hablando {Psa. 37} con Dios: "Dixe confessaré contra mí mi
injusticia y tú perdonaste la impiedad de mi peccado porque la remissión de la
culpa paresce que demanda humilde confessión della". Y en el Testamento Nuevo,
porque Dios dexaua poderío de perdonar peccados /28v/ en su yglesia a sus
ministros y pastores, successores de los apóstoles, era menester que
precediesse tal confessión que pudiesse dar noticia dellos por señal exterior,
que es la palabra, porque los hombres no conoscen los coraçones ni lo occulto
y, por el consiguiente, se entiende que dexó mandada la confessión que se hauía
de hazer por la boca de los peccados que el hombre mismo ha cometido porque mal
se puede sentenciar ni ligar o absoluer de las culpas el reo y peccador por
juyzio de los hombres si no precede conoscimiento dellas en particular, como se
pretende la absolución. Y, por esso, es cosa necessaria en la Yglesia esta
confessión vocal de los peccados y es conforme a la voluntad de Dios y por ley
suya, la qual no deue ser al hombre christiano pesada, como algunos pertinazes
/29r/ hereges la infaman, pues, es medio para tanto bien como es reconciliarse
el peccador con Dios y para descargar el alma de tan peligrosa carga como son
los peccados y, pues, mediante ella va el alma consolada y libre de sus culpas
y delos peccados passados y bien aconsejada para lo futuro y es buena parte de
la satisfactión, aquella confusión y vergüença que ella se passa, y, al fin,
con la humildad y confessión hecha, como se deue hazer, prouocamos la
misericordia de Dios para socorro de nuestros males. Y, assí, conuiene y es
necessario para integridad deste sancto sacramento que el penitente se
confiesse y acuse enteramente delante del sacerdote de los peccados mortales, o
que tiene duda si lo son, alomenos delos que después de hecha buena meditación
se acordare en especial, y de los que no se a- /29v/ -cordare se confiesse con
alguna generalidad y también de las circunstancias dellos, como está declarado,
si quissiere ser absuelto dellos en el juyzio de Dios y su Yglesia.
CAPÍTULO
V. DE LAS CONDICIONES DE LA BUENA CONFESSIÓN.
Esta confessión de los peccados que
se haze al sacerdote para que sea qual deue ha de tener cinco condiciones, a
las quales se pueden reduzir muchas que otros ponen; es a saber, que sea:
1. Entera.
2. Clara.
3. Fiel.
4. Discreta.
5. Humilde.
¶ Entera, es a saber, que se
confiessen cumplidamente todos los peccados mortales, o que tiene duda si lo
son, sin dexar ninguno por malicia o por nota- /30r/ -ble negligencia, como ya
diximos.
¶ Clara, es a saber, que no se haga
por palabras con que se encubra la substancia y naturaleza del peccado cometido
porque si assí se hiziesse no sería confessar sino encubrir ni podría tener
lugar la sentencia del sacerdote porque no absuelue en este juyzio el juez sino
por lo que conosce por la confessión del reo.
¶ Fiel, que sea verdadera, no
diziendo vna cosa por otra ni escusándose sino según passa el hecho dela
verdad.
¶ Discreta, que de tal manera
confiesse sus peccados que no disfame a otras personas, declarando más de lo
que es menester para que se entienda la especie y qualidad del peccado y, en
fin, sea sin perjuyzio de tercero, como /30r/ atrás diximos en las
circunstancias, ni trate tampoco enla confessión de otras pertinencias que no
hazen al caso.
¶ Humilde, que con vergüença y
empacho y menosprecio de su estimación, reputándose por indigno de perdón, vaya
a dar cuentas de su vida, no para jactarse de sus culpas ni para contarlas
solamente, como quien cuenta algún cuento o fábula sino considerando delante
quien está y la baxeza y vileza del estado en que está, como reo y condenado,
haziendo cuenta que está delante de la summa pureza y justicia, que es Dios.
¶ Las demás condiciones, que algunos
ponen, más pertenescen, si bien se miran, a otras dos partes de la penitencia
que no a esta.
/31r/ ¶ CAPÍTULO VI. DE LA TERCERA PARTE DE LA PENITENCIA, QUE ES LA
SATISFACTIÓN.
Es menester, también, que el
penitente vaya proueýdo alos pies del confessor de satisfactión o propósito
efficaz de hazerla. La satisfactión incluye en sí dos cosas principales: vna es
desseo efficaz de hazer vida nueua y dexar la vieja del peccado y sus próximas
occasiones, arrepintiéndose della; otra es hazer recompensación a las personas
a quien ha offendido, humillándose y subjectándose a las reglas de la justicia
según la calidad de la offensa o aluedrío del bueno y prudente confessor.
¶ La primera parte se sigue de la contrición,
y casi se incluye en ella, porque es claro que en el aborrescer de coraçón y
con efficacia los peccados allí se incluye la voluntad de apartarse dellos y
tener propósito efficaz de co- /31v/ -mençar vida nueua y, por el contrario,
quando el confessor vee que el que se confiessa no ha tenido fuerça para
apartarse de los peccados ni de sus próximas occasiones, pudiendo quitarlas,
bien puede collegir que el que assí se confiessa no trae verdadero ni efficaz
arrepentimiento porque, como hauemos dicho, Dios no accepta ni se sirue del
coraçón a medias y el que ama el peligro no queriendo apartarse {Eccl. 3.}
d'él, como dize Salomón, perescerá en él. Y es clara señal que no ha
aborrescido el peccado, como se deue aborrescer, quando no quiere el hombre pudiendo
quitar las occasiones d'él; de manera que no basta qualquier propósito de
apartarse del peccado sino es efficaz. Y haziendo del hombre lo que es en sí de
su parte y, de aquí, se sigue que los que han prometido vna vez de apartar de
sí el pecca- /32r/ -do, diziendo que lleuauan propósito de satisfazer o
restituyr o de quitar las occasiones d'él de cabe sí y no lo han hecho, como
suelen hazer los amancebados y vsureros y otros que biuen en malos tratos y
peligrosos officios, no deuen ser creýdos ni absueltos otra vez hasta que con
effecto hayan apartado de sí lo que los tiene puestos en seruidumbre y
condenación del peccado. Y hazer hoy lo contrario, como lo hazen hoy día muchos
confessores, es manifiesta condenación para sí y para los penitentes porque les
hazen creer que lleuan paz con Dios, embiándolos en muy peor estado que ellos
estavan antes de la {Eze. 12} absolución.
¶ La otra parte de la satisfactión,
que es vna recompensa de los daños o culpas y offensas que el penitente ha
cometido contra Dios o el próximo, consiste /32v/ en que ha de tener vn
propósito con efficacia de hazerla como nuestro Señor le inspirare y conforme a
lo que el sabio y buen confessor le aconsejará porque no quiere Dios, como
algunos errados mal enseñan, que so color del beneficio de su passión y de que
él satisfizo por nosotros, supuesto que ya nos haya recebido vna vez por el
baptismo y admitídonos por hijos suyos, en que nos perdonó todo lo mal hecho,
culpa y pena por su passión gloriosa, que nos aprouechemos della cada vez que
peccamos de la manera que se hizo en el baptismo por qualquier penitencia que
hagamos porque esto sería hazernos floxos y dissolutos, lo qual no conuiene a
su justicia ni a nuestro prouecho espiritual sino que por la fuerça de su
passión y mérito satisfagamos también nosotros, juntando nuestra satis- /33r/
-factión con la suya, tomando vengança de nosotros mesmos. Y, como dize sanct
Pablo, nos empleemos en seruir {Romano. 6.} ala justicia y sanctidad por obras
pías y buenas, y penales si fuere menester, para nuestra cumplida y entera
reconciliación con Dios como seruimos en el estado del peccado a la injusticia
e iniquidad, lo qual todo redunda en gloria de Dios porque todo es suyo lo que
satisfazemos y con lo que merescemos y todos son bienes de su gracia y frutos
de su redempción, sin la qual no podríamos bien satisfazer.
Estos son los frutos de la
penitencia que persuadía el glorioso sanct Ioan Baptista {Luc. 2} después del
arrepentimiento. Y lo que dixo Daniel, propheta {Dani. 4}: "Redemirás tus peccados
con limosnas"; es a saber, quanto a las penas y reliquias que quedan
después de perdonado el peccado quanto ala /33v/ culpa. Esto paresce claro en
lo que dixo el propheta Nathan a Dauid {Reg. 12.} quando adultero con Bersabé y
mató a Vrías, que después de hauer Dauid confessado y dicho de coraçón:
"Pequé", le respondió el propheta: "Pues, también, a transferido
Dios y commutado tu peccado y la pena d'él; es a saber, de yra de pena eterna,
en pena y satisfactión temporal y por esso el hijo que te nascerá,
morirá". Que este fue el principio de su penitencia y satisfactión, aunque
no se niega poder ser tan ardiente la contrición de vno que bastasse por el
mérito y gracia de Iesú Christo a que se remitiesse todo el peccado, culpa y
pena. Pero hablamos enlo ordinario y como comúnmente se haze o se suele hazer y
esto, al fin, ha vsado la Yglesia Cathólica, que no puede errar desde los
apóstoles acá, y no hay en ello que du- /34r/ -dar. Y a lo que dizen que
Christo en el euangelio paresce que admitía a perdón algunos sin que
precediesse en ellos satisfactión, ya respondimos arriba largamente que ellos
venían con fe biua, la qual trae consigo propósito efficaz de emendarse y
satisfazer y, también, que no se ha de traer en conseqüencia el exemplo de
Christo, que era señor de la gracia y perdón delos peccados, para nosotros que
solo somos despenseros y repartidores de sus thesoros con razón y medida.
CAPÍTULO
VIJ. A QUIÉN SE HA DE HAZER LA SATISFACTIÓN.
Es de notar que la satisfactión se
puede hazer a quatro géneros de personas, es a saber:
A Dios.
A los superiores.
/34v/ A los yguales.
A los inferiores.
¶ A Dios, ha de satisfazer el
penitente por el desacato que cometió contra su magestad en el peccado,
quitándole quanto es de su parte la reuerencia y obediencia que se le deue y,
assí, si quiere del todo huyr de su yra ha de tomar vengança de sí mesmo,
acceptando de voluntad las tribulaciones y penalidades, cruz, trabajos y
aduersidades, que de su mano bendita o por su permissión le vienen, y las
penitencias que su confessor, que tienen sus vezes, le impusiere por su
aluedrío regulado por la recta razón y reglas ecclesiásticas y doctrina de los
sanctos, pensada la qualidad y possibilidad y partes del penitente y la
grauedad de los peccados confessados, aora sean limosnas, aora ayunos, aora
oraciones o peregrinaciones o otros /35r/ trabajos y penalidades porque aunque
las penitencias sean arbitrarias, como lo son, y no se hayan de poner con aquel
rigor como en la primitiua Yglesia se imponían, pero de tal manera han de ser
arbitrarias que el arbitrio no sea antojo ni como quiera tomado sino fundado en
justicia templada con misericordia, como diximos. No que absueluan peccados
graues con penitencias ligeras como hazen muchos confessores mal aduertidos con
notable menosprecio deste sancto juyzio y sacramento y con daño de su alma y de
los penitentes también porque les muestran, quanto es de su parte a peccar, con
más facilidad quando veen la floxedad de la disciplina y la facilidad del
perdón.
¶ A los superiores, se ha de
satisfazer también con obediencia, reuerencia y humildad, especialmente,
hauiéndo- /35v/ -les desobedescido en alguna cosa particular con escándalo o
menosprecio manifiesto o hauiendo mandado los propósitos de la Yglesia en
virtud de obediencia o con excommunión o con alguna censura, algo que el
súbdito no haya querido cumplir, de manera que no ha de pretender el penitente
por ninguna vía absolución de los peccados hauiendo offendido a sus superiores
y estando en su desobediencia sin que primero se reconcilie con ellos, según
que el sabio confessor le aconsejara, si él no lo alcançare porque no se
estiende a esto la dispensación que se da en los ordinarios priuilegios que se
conceden.
¶ A los yguales también,
satisfaziéndoles la injurias o daño que les haya hecho, aora sea en el cuerpo,
aora en el ánima, aora en la fama, aora en in- /36r/ -teresse, haziendo primero
lo que fuere en sí para reconciliarse con ellos o satisfazerles antes que
pretenda la absolución y no venga a los pies del confessor, si le fuere
possible, sin hazerla, como diximos, porque guardándola para después
ordinariamente se oluida o se dilata mucho o se resfría aquel buen propósito de
hazerla, aunque sea verdadero. Y si fuere la satisfactión de tal manera que se
haya de hazer con consejo del confessor, lo cierto y más seguro sería
aconsejarse con él o con otra persona sabia, antes que se confiesse, de lo que
deue hazer en aquel caso y poner por obra, pudiendo lo que assí le fuere
aconsejado y luego venir a recebir el beneficio de la reconciliación. Este modo
vsaua la antigua Yglesia en otro tiempo, /36v/ que ordinariamente precedía la
satisfactión a la absolución, y assí, se hazían más verdaderas penitencias que
no agora, que todo paresce que está estragado, de lo qual ha sido causa; o este
abuso que se ha introduzido de pensar cada ignorante que puede elegir el
confessor que quisiere y que más a su gusto le puede o suele absoluer; o la
mucha indulgencia y floxedad de los confessores, que se han más como señores
del negocio que no como dispenseros y ministros de la gracia de Dios. Esta
doctrina es muy conforme al euangelio {Math. 5.} en que nos manda Christo,
nuestro redemptor, que si fuéremos a offrescer nuestra offrenda al altar y nos
acordaremos, antes de offrescerla, que algún próximo nuestro tiene justa
querella de nosotros, que vamos primero a reconciliarnos con él y vengamos
después a offrescer /37r/ nuestra offrenda y entonces será accepto a Dios lo
que offresciéremos; y como la penitencia sea cosa espiritual con que el verdadero
penitente sacrifica y mata su mala voluntad, es a saber, los peccados y malos
affectos y la offresce a Dios con coraçón contrito y humillado, como dize el
Psalmista {Psalmo 50.}: "Es cosa conueniente y segura que vaya el peccador
penitente sin querella ni agrauio notable de nadie antes que offrezca su
coraçón a Dios y lo ponga en el altar de su misericordia". Pero no
condenamos tanpoco el propósito bueno y efficaz aunque no preceda la obra.
¶ A los súbditos e inferiores, se ha
de hazer la satisfactión de tal manera que no se vaya contra la auctoridad del
officio del que es superior, queriendo guardar demasiada humildad con el
súbdito. Esto se entiende {Augustinus in regnis} /37v/ no siendo claro y
notable el agrauio y daño que le haya hecho, especialmente, en su fama, vida o
interesse porque en tal caso llanamente se requiere hazer la satisfactión; pero
si no bastara dar a entender al que por duras o affrentosas palabras huuiere
castigado o reprehendido y que estuuiere d'él en alguna manera agrauiado, como
lo que le hizo o dixo fue por odio de los vicios y amor de la persona y zelo
dela justicia y no por hazerle daño ni offensa ni tenerle en poco o otra cosa,
desta manera mostrándole beneuelencia en lo que se offresciere.
CAPÍTULO
VIII. DE LA ORACIÓN Y LIMOSNA Y AYUNO.
Entre las obras penales que se
suelen en la Yglesia imponer y acceptar por satisfactión son las princi- /38r/
-pales la oración y limosna y ayuno porque allende que son obras con que Dios
se suele aplacar y satisfazer y remouer su yra de los peccadores, son también
medicinas curatiuas de la flaqueza y enfermedad delos peccados; porque se
opponen y son contrarias a los tres males pestilentes con que enferma lo más
del género humano que biue la vida del viejo Adám; porque lo que hay en el mundo,
como dize sanct Ioan, o es concupiscencia {1. Ioan 2.} de carne, es a saber, de
las cosas delectables al gusto y al tacto; o concupiscencia de ojos, que es
desenfrenado desseo de cosas que dan deleyte al sentido de la vista; o soberuia
de vida, que es ambición y vanidad y apetito de propria excelencia. Entre estos
tres remedios que vsa la Yglesia contra los dichos tres vicios el más principal
es la oración; /38v/ porque alcança mucho de Dios, si se haze como deue,
allende que humilla al hombre y le subjecta a la poderosa mano de Dios,
haziéndole entrar en el abismo de su nonada y poquedad para que todo penda de
Dios. Haze también que pierda el hombre los bríos y animosidad de la parte
sensual y házele solícito en las cosas de su saluación. Y, assí, se curan y se
satisfazen mucho con ella los peccados de la soberuia e yra y accidia, y aún la
concupiscencia de los ojos, que es vana curiosidad de ver cosas preciosas y de
hermosura y estimación. El otro remedio, que es el ayuno, quebranta y doma la
carne y satisfaze y cura los mouimientos de la luxuria y gula y ,también,
refrena la concupiscencia de los ojos. Con la limosna, hecha con charidad, se
curan y se satisfazen los peccados de la auaricia y, /39r/ también en parte,
los de la embidia. Assí que estas tres son medicinas y son satisfactión de la
vniuersidad de los peccados cada vna por su parte y, por esso, la sancta
Yglesia y los que han sido grandres en ella han vsado mucho de estas sanctas
medicinas, que los sanctos llaman virtudes purgatorias, castigando y humillando
su cuerpo y renouándolo de día en día, assemejándose a Christo, su cabeça, y
desterrando de sí el viejo Adám y reyno del peccado. Considere, luego, el
penitente o prudente confessor la qualidad, edad, inclinaciones y possibilidad
del peccador que padesce estas enfermedades y, conforme a ellas, aplicará lo
que viere que conuenine y pudiere lleuar.
CAPÍTULO
IX. DEL ELEGIR CONFESSOR.
Con estas disposiciones yrá el
penitente con su pro- /39v/ -prio sacerdote, que es su proprio prelado o cura,
o con el conffesor que su prelado huuiere dado licencia para confessar porque
este tal se ha de tener por idóneo y sufficiente y no es lícito a nadie elegir
de otra manera confessor por aluedrío, aunque le parezca que lo puede hazer por
alguna bulla o priuilegio que tenga, pues, no es razón que él se haga juez de
la sufficiencia o idoneidad del conffesor y que se haga cura de su alma; porque
no se dexa creer quando en los priuilegios o bullas se concede, que el que
tomare la bulla pueda elegir confessor, que se dé licencia a humo muerto para
que cada vno se confiesse con quien quisiere; porque esto sería confundir el
orden y policía de la repúbli- /40r/ -ca ecclesiástica y dar occasión para que
cada vno biua libremente y sin subjectión sin que nadie le pueda pedir cuenta
de lo que es obligado a hazer. Y no sería menos daño que dar licencia en vna
república para que quantos ignorantes e idiotas huuiesse en ella curassen de
todas enfermedades a qualesquier enfermos, los quales daños no es de creer que
el summo pontífice los quiera ni permitta. Esta verdad, aunque siempre fue
conoscida y confessada por todos los doctos, pero ya agora el sancto Concilio
de Trento la ha confirmado para quitar las dudas que en esta materia mouían
algunos y para refrenar el abuso grande que hauía en escoger cada qual del
vulgo confessor a su gusto; y, assí, ha determinado que no se pueda llamar
idóneo /40v/ ni pueda ser electo por tal sino el que fuere approuado por el
prelado y, por tanto, el penitente no deue confessarse sino con los tales so
pena que, ni el confessor lo podrá hazer ni aunque lo intentasse a hazer,
quedaría el tal penitente absuelto.
¶ Y aunque cumple el penitente con
tomar confessor approuado por el ordinario, pero deue el que dessea la salud y
mejoría de su alma poner gran diligencia en buscar para sí confessor delos
mejores que pudiere hallar, como haría diligencia en buscar buen médico para
sus enfermedades corporales, y porque acierte a escogerle sepa que en el buen
confessor han de concurrir estas cinco calidades:
1. Que tenga approbación y licencia
de su prelado para confessar, que sin esta no haría nada, como diximos.
/41r/ 2. Que no esté impedido por
alguna suspensión o censura de suerte que no pueda absoluer porque constándole
al penitente de tal impedimento no le deue escoger por confessor.
3. Que tenga sciencia sufficiente
para discernir entre peccado y peccado y entre lepra y lepra o, a lo menos,
para saber dudar y conoscer lo que tiene difficultad para informarse dello.
4. Que sea discreto para preguntar
lo que haze al caso y applicar las medicinas y consejos que conuengan.
5. Que sea de buena opinión de vida
para que sus consejos se reciban bien y hagan prouecho y para que ayude al
penitente con sus buenos desseos y oraciones.
/41v/ CAPÍTULO X. DE LA DESCOMMUNIÓN.
También antes de yrse a confessar
mirará el penitente en el discurso de sus peccados si alguno dellos es
reseruado al superior o tiene annexa descomunión mayor de que su confessor no le
pueda absoluer porque, en tal caso, primero deue yr a reconciliarse con su
superior, como diximos arriba, y a pedirle con humildad le dé la absolución o
licencia y commissión a su confessor para que le pueda absoluer; porque sepa
que el que está ligado con descommunión mayor no es capaz del sacramento de la
absolución.
/42r/ TERCERA PARTE QUE TRATA DE LA
CONFESSIÓN Y EXAMINACIÓN DE LA CONSCIENCIA POR LOS PRECEPTOS DE DIOS NUESTRO
SEÑOR Y DE SU YGLESIA.
*
CAPÍTULO
I. DE LO QUE SE HA DE HAZER ANTES DE ENTRAR EN LOS MANDAMIENTOS.
Llegando, pues, el penitente ante el
sacerdote, hincará las rodillas delante d'él con toda humildad, como delante
aquel que está en lugar de Dios, teniendo los ojos en tierra con vergonçosa
confusión de su mala vida, de la qual va allí a dar cuenta y luego ha- /42v/
-rá la señal de la cruz X diziendo:
"Per signum crucis etc." y dirá.
La
confessión general.
"Yo, peccador errado, me
confiesso a Dios y a sancta María y a sanct Pedro y a sanct Pablo y a todos los
sanctos. Y a vos, padre, digo mi culpa, que he peccado en mal pensar y hablar y
obrar y en muchas negligencias. Por mi culpa, por mi culpa, por mi gran
culpa".
CAPÍTULO
II. QUE SE ACCUSE DE LOS DEFECTOS EN LAS PARTES DE LA PENITENCIA.
Accúsese ante todas cosas el penitente
dela negligencia y remissión que ha tenido en emendar su mala vida y poner los
remedios que eran necessarios para ello, como es de no hauer continuado la
oración o no /43r/ hauer cumplido la penitencia o hauerla cumplido mal o
hauerse descuydado en el exercicio de las buenas obras y en quitar y apartar de
sí las próximas occasiones delos peccados.
Accúsese del desagradescimiento que
ha tenido con Dios en reiterar muchas vezes los peccados ya perdonados,
especialmente, si con malicia o menosprecio los ha reiterado.
¶ Accúsese, también, de no traer tan
bastante el arrepentimiento y contrición quanto la grauedad de sus culpas lo
requiere y de no hauer hecho tan diligente examinación de su consciencia, como
era menester, para hazer cumplida confessión y de no traer tan efficaz
propósito de emendar la vida y satisfazer por sus peccados porque en estas
cosas se incluyen los defectos de las tres partes de la penitencia, los quales
es bien que se con- /43v/ -fiessen porque ordinariamente se suele lleuar falta
en ellos.
¶ Pero aduierta el penitente que si
la falta que lleua en alguna destas tres partes de la penitencia fuesse muy
notable por malicia o notable negligencia, no bastaría accusarse della en la
confessión sino que sería obligado a reiterar la tal confessión, si assí la
hiziesse con las dichas faltas.
¶ Como también es obligado a
reiterarla, si se confessase a sacerdote que no le puede absoluer, qual es el
que no tiene licencia para oyr confessiones o que está descomulgado o suspenso
de su officio; o si se confessasse el penitente y recibiesse la absolución
estando descomulgado sin ser primero absuelto de la descomunión; o si hubiesse
adrede partido la confessión de sus peccados confes- /44r/ -sando vnos a vn
confessor y otros a otro porque, en estos casos, en lo ordinario es obligado a
tornarse a confessar de los mesmos peccados con los demás enteramente porque no
quedó absuelto dellos.
¶ Assí que lo primero verá si en la
confessión passada tuuo alguna falta de las dichas notablemente y si las tuuo,
repetirá la confessión passada y si no, hará confessión de los peccados que ha
cometido dende la confessión passada y porque el peccado es quebrantamiento de
la ley de Dios porque pueda el penitente más fácilmente contar sus culpas,
discurrirá por los diez mandamientos que aquí se ponen y por las cosas que se
encierran en cada vno dellos, accusándose de lo que occurriere en cada qual.
/44v/ CAPÍTULO III. COMO EN CADA MANDAMIENTO SE MANDA LO BUENO Y SE UEDA LO
MALO, SU CONTRARIO.
Avnque los mandamientos de la ley de
Dios, quanto a lo que la letra suena, vnos venden el mal y otros nos manden el
bien, pero con esto deue saber el christiano que cada mandamiento, en cierta
manera, haze todo esto junto porque con vn mesmo precepto se nos manda alguna
virtud y sancto exercicio y se nos veda contrario ala tal virtud.
¶ Exemplo: en el primer mandamiento
de la ley, según se escriue {Exod. 10} en el Éxodo, se veda que no se hagan
ídolos para adorarse, donde paresce vedarse el vicio abominable de la
idolatría, pero junto con esto se manda y encomienda que honrremos , adoremos,
temamos y amemos vn solo Dios sobre todas las cosas, las /45r/ quales virtudes
son contrarias de la idolatría. Ítem, en el séptimo mandamiento veda Dios el
hurto y por el consiguiente manda que se exercite la virtud contraria que es
liberalidad y largueza, especialmente con los necesitados; también en el quarto
expressamente manda que honrremos los padres y mayores y, por el consiguiente,
se entiende que se nos veda el vicio contrario, que es desacatarlos y
desobedescerlos; y ansí en los otros mandamientos, en los quales se manda algo
bueno y se veda su vicio contrario. Y en esto también se conosce la perfectión
de la ley de Dios que todo lo comprehende.
¶ Y, assí, guardará esta orden el
penitente en el discurrir por ellos para examinar su consciencia, que
juntamente tenga cuenta en cada mandamiento con lo vno y con lo otro, mi- /45v/
-rando en cada precepto como se cumple y como se quebranta y lo que en él se
manda y veda, pues, el officio del sieruo de Dios no está en solo dexar de
hazer mal, como enseña el propheta Dauid {Psalm. 33}, sino en hazer bien y
obrar virtud quando conuiene. De otra manera , poca obligación o no ninguna nos
huuiera dexado Nuestro Señor para amar al próximo si su sancta ley no se
entendiera desta manera.
CAPÍTULO
IIII. DEL PRIMER MANDAMIENTO.
¶ Lo que se veda en él: {Éxod. 20}
"No harás ídolos ni otras [e]sculpturas para adorarlas".
¶ Lo que se manda: {Diu. 6} "A
tu solo Dios honrrarás y amarás sobre todas las cosas de tu /46r/ coraçón con
toda tu alma y todas tus fuerças".
¶ Cómo se cumple: es a saber, que no
aya en nosotros amor ni estimación que repugne ala de Dios ni temamos ni amemos
ni tampoco estimemos o honrremos a nadie más ni tanto como a él; antes pongamos
en él sólo, como en último fin y paradero nuestro, nuestra fe, esperança, amor
y fiuzia, amándole a él de por sí y todo lo demás por él. Fiándonos d'él y
recorriendo a él en nuestras necessidades espirituales y corporales siéndole
gratos por los beneficios que d'él recebimos. Sintiendo bien d'él y de sus
perfectiones. Temiéndole y siruiéndole como a nuestro Padre y único Señor
verdadero. Creyendo lo que en su nombre nos enseña la Yglesia Cathólica y
confessándolo a su tiempo, /46v/ quando sea menester, sin rastro de duda y sin
declinar ni fauorecer a las doctrinas y errores contrarios. Honrrando a los
sanctos y amigos de Dios. Preciando el culto diuino y sus ceremonias. Guardando
orden en la charidad, es a saber, que ponga primero el amor en Dios de por sí, después
la de los próximos más que sus cosas temporales.
¶ Lo que ua contra este precepto y cómo se quebranta.
De dos maneras se quebranta, es a
saber, dexando de hazer algo de lo ya dicho en su tiempo y lugar y quando la
razón guiada por fe lo demanda.
¶ De otra manera, haziendo cosas
contrarias a las susodichas, es a sa- /47r/ -ber, dando la honrra que a Dios
pertenesce, como es summa estimación, adoración y seruicio a alguna criatura,
descreyendo, contradiziendo, dudando o teniendo curiosidad en escudriñar la fe
cathólica o cosas que son sobre nuestra capacidad; communicando y fauoresciendo
a los que esto hazen, como son los hereges; creyendo también sueños,
hechizerías, encantamientos, abusiones, vanidades de astrólogos y fiando de
pactos del demonio o procurándolos; confiando, también, el hombre locamente en
sus méritos o en algunas criaturas o, por el contrario, esperando vanamente en
Dios sin poner él nada de su casa o desesperando de su misericordia; quexándose
de su justicia, murmurando o sintiendo mal de su prouidencia; vsando mal de su
paciencia y misericordia tentándolo; /47v/ blasphemando su sancto nombre o de
sus sanctos amigos; siéndole ingrato, recorriendo, principalmente, a otro que a
él enlos riesgos y necessidades; menospreciando el culto diuino y las
ceremonias approuadas por la Yglesia; desordenándose con el amor de las
criaturas, amándolas de por sí como último fin y peruertiendo la orden de la
charidad.
CAPÍTULO
V. DEL SEGUNDO PRECEPTO.
No jurar en el sancto nombre de Dios
en vano.
¶ Lo que ua contra este precepto y se ueda en él: Vsar mal e
indignamente de los sacramentos y dela doctrina de Dios, nuestro señor, y de la
oración y cosas suyas applicadas a su culto. No teniendo reuerencia a Dios ni a
sus /48r/ sanctos y templos en lo exterior por obras o palabras, cometiendo en
ellos algún sacrilegio o desonestidad o desacato notable. Iurando muchas vezes,
jurando sin causa o con poca reuerencia el nombre de Dios o de las criaturas,
jurando cosas dudosas o falsas, perjurándole. Prometiendo o votando cosas malas
o las buenas con temeridad o por mal fin. No cumpliendo o dilatando sin
necesidad lo bien prometido, jurado o votado. Quebrantando los preceptos de la
Yglesia y de sus superiores. No conformándose el religioso con la regla que ha
votado o con el modo de biuir de su estado. Blasphemando con la boca,
abominando, renegando, maldiziendo las criaturas. Siendo negligentes e
indiscretos, desconfiados, descuydados, mal attentos e indeuotos en la oración
y culto diuino, /48v/ quando lo tratan o son obligados a tratarlo.
¶ A que obliga este precepto: Obliga a las virtudes contrarias de lo
que tenemos dicho, principalmente, a la cultura y honrra de Dios en lo que toca
a la lengua y palabras. A vsar bien y dignamente y asus tiempos, quando con
nuestra flaqueza pudiéremos y comola razón guiada por fe lo demandare, de todas
las cosas sanctas en que se inuoca el nombre de nuestro Señor y donde obra su
fuerça y virtud, assí como son sacramentos, doctrinas sanctas, oración, votos,
juramentos, cosas sagradas. A inuocar, también, su nombre sancto y misericordia
en las necessidades corporales y espirituales que cada día nos occurren. A
jurar con verdad, con reuerencia y con causa legítima quando se offresciere
necessidad de chari- /49r/ -dad o de obediencia de los mayores. A poner,
también, el hombre por obra lo que le conuiene hazer según su regla, estado y
officio sin descuydarse dello.
CAPÍTULO
VI. DEL TERCER PRECEPTO.
Sanctificar los domingos y fiestas.
¶ Cúmplese este precepto bien: oyendo missa entera deuotamente y
sermón, si pudiere, procurando también estos días, quanto con el ayuda de Dios
buenamente pudiere, a ponerse bien con Dios, apartando de sí los peccados y
pidiéndole aquellos días particularmente socorro y gracia para salir dellos con
sanctas meditaciones y desseos; oyendo o leyendo buenas doctrinas para prouecho
del alma y encomendándole de coraçón sus necessidades y las de sus /49v/
próximos, teniendo memoria del beneficio de la creación y de los demás que de
su larga mano ha recebido él y todo el género humano, especialmente, por el de
nuestra redempción, que en la sancta missa se representa, y darle muchas
gracias por todos ellos; exerxitándose, también, aquellos días particularmente
en obras de charidad.
¶ Lo que se ueda y con qué se quebranta. Con las cosas contrarias a
las susodichas y con el exercicio y occupación de las obras que llaman manuales
y seruiles que redundan en su prouecho y ganancia temporal, no hauiendo notable
necessidad o ley de charidad que obligue a lo contrario, o si ya no fuesse la
occupación tan poca que no impida notablemente la sanctificación dela fiesta.
/50r/ CAPÍTULO VII. DEL QUARTO PRECEPTO.
¶ Honrrarás a tus padres y madres.
Lo
que se manda en él, es a saber, honrrar los padres naturales, de quien
después de Dios tenemos el ser, y los espirituales, como son los prelados,
curas de almas y confessores y a los maestros de doctrina y, también, a los que
gouiernan temporalmente y, en fin, generalmente, a todos aquellos que están en
lugar de Dios para nuestro prouecho y gouierno en la yglesia, república o casa
donde moramos. A todos estos hemos de honrrar, sintiendo bien dellos,
reuerenciándolos, obedesciéndolos, socorriéndolos en sus necessidades y
ayudándoles quando nos huuieren menester, desseándoles bien y procurándoselo y
rogando a Dios por ellos. Y haziendo, también, honrra a los mayores de edad.
/50v/ ¶ Lo que se ueda en este precepto y cómo se quebranta. Qvebrántase
dexando de hazer algo de lo susodicho en su tiempo y lugar quando occurriere la
necessidad y oportunidad de hazerlo y mucho más se vedan las obras contrarias a
lo susodicho, assí como es maldezirlos, desacatarlos, hazer burla dellos, no
obedescerlos, responderles mal, irritarlos, murmurar y sentir maldellos, no
socorrerlos, no ayudarlos en sus officios y estoruarles sus buenos intentos.
¶ También peccan contra este
precepto los padres no dando a sus hijos lo que les deuen, como es doctrina,
cuydado, exemplo y amor ordenado y custodia, ordenándolos bien para Dios. Y,
también los maridos quando no hazen esto con sus mugeres, y las mugeres quando
no tratan co- /51r/ -mo deuen con sus maridos; y los señores con sus sieruos y,
también, los sieruos con sus señores.
¶ Consideración particular acerca de los príncipes y p[re]lados y
gouernadores. También peccan contra este mandamiento los príncipes y
magistrados y prelados y, en fin, los que gouiernan repúblicas assí
ecclesiásticas como seglares porque son padres espirituales de sus súbditos y
tanto más grauemente peccan quanto mayor es el daño que hazen con su yerro o
negligencia a toda vna communidad. Por tanto, examinarán en sí si se cumplen
estas cosas que se siguen:
Si se reconoscen por ministros de
Dios en la tierra y padres de la república, rigiendo y gouernando no a su
líbito[1]
y antojo ni pretendiendo prin- /51v/ -cipalmente su prouecho e interesse sino
para prouecho de la república que tienen a cargo.
Si tienen cuydado de la religión y
de la justicia y de la paz en todo lo que está subjecto a su gouierno.
Si administran la justicia ygualmente
sin accepción de personas, no dissimulando los delictos en perjuyzio de su
república.
Si en las gracias y beneficios o
mercedes que distribuyen tienen respecto principal a los méritos y virtud y
trabajos de los proueýdos, tratándose en esto no como señores absolutos sino
como príncipes christianos y dispenseros de Dios.
Si proueen buenas personas y
prudentes y quales conuiene a los cargos.
Si, después de proueýdos, tienen
cuenta en saber e informarse como admi- /52r/ -nistran los tales sus officios.
Si despachan con breuedad los
negocios que les occurren.
Si tienen particular cuenta con las
biudas, huérfanos, pobres y gente menuda que poco puede para oýrlos y
subleuarlos de las injustas oppressiones que parescen.
Si agrauan y opprimen sus súbditos
con injusticias, grauamientos o injustas imposiciones.
Si dan buen exemplo en su vida,
trages, mesa y conuersaciones.
Si procuran tener buenos coadiutores
y consejeros cabe sí, que les aconsejen y ayuden en los que conuiene al
seruicio de Dios y bien de su república.
CAPÍTULO
VIIJ. DEL QUINTO PRECEPTO.
¶ No matarás.
¶ Es a saber, no hazer ni dessear
/52v/ ni tener propósito de hazer daño corporal al próximo, si ya no es
interuiniendo mandado justo del superior o auctoridad pública que los pueda
mandar.
¶ A lo que obliga y cómo se cumple, siendo benéuolo, manso,
charitatiuo y misericordioso con amigos y enemigos.
¶ Lo que se ueda en este precepto y cómo se quebranta: dexando de
hazer lo susodicho en el tiempo, lugar y sazón que conuiene hazerse y haziendo
algo desto que se sigue, es a saber, matando o procurando la muerte al próximo,
hiriendo, siendo cruel, maltratando de manos, affrentando o desseando o
procurando algo desto al próximo o aconsejando o incitando o dissimulando
pudiéndolo estoruar. Y si fuere juez el que lo haze o ministro de /53r/
justicia; excediendo la orden de justicia o no teniendo buena intención;
teniendo yra y rancor con el próximo; diziendo palabras injuriosas o haziendo
cosas que prouoquen a enemistad y odio con el próximo; trayendo vandos,
enemistades, parcialidades; metiendo cizañas, chismeando, sembreando discordias
y despertando renzillas, litigando mal o porfiando y bozeando de manera que se
pueda venir a las manos o a dezirse injurias; dexando de dar auiso y consejo al
próximo en los peligros que le pueden acaescer, pudiéndolo hazer y siendo
necessario; exercitándose también con las armas indiscretamente, esgrimiendo,
justando o torneando o haziendo cosas desta manera en que temerariamente se
ponga a algún peligro que probablemente suele acaescer, o procurando que otros
lo ha- /53v/ -gan, y, generalmente, haziendo algo indeuidamente que pueda venir
en daño corporal del próximo.
CAPÍTULO
IX. DEL SEXTO Y NONO PRECEPTO.
No fornicar ni dessear la muger
agena.
¶ Es a saber, no tener accesso
carnal ni dessearlo sino fuere con su propria muger ni la muger con el hombre
que no sea su marido.
Lo
que se manda en este precepto: vsar casta y honestamente el casado del
sancto estado del matrimonio y conseruación de la muger. Ser casto, templado en
el comer y beuer, honesto en las palabras y trages y huyr los tratos y
conuersaciones que pueden traer a peligro desto y, también, se manda procurar
los remedios propinquos con que el peccado bestial de la luxuria se destierre,
/54r/ los quales se pondrán delante quando se trate de los peccados mortales.
¶ Lo que se ueda en este precepto y cómo se quebranta: teniendo
accesso carnal o exercitando obra de luxuria y delectación carnal de qualquier
manera que sea, fuera de con su muger.
¶ Explicar deue aquí el penitente
los modos en que acerca del peccado de la luxuria contra este mandamiento se
viere culpado, sin nombrar ni explicar en singular las personas con quien ha
peccado, pero deue declarar en especie la suerte de la persona con quien ha
offendido a nuestro Señor porque suele variar esto la naturaleza de los
peccados.
Los quales peccados de luxuria se
reducen a seys differencias, es a saber, adulterio, que es accesso con casado o
casada; sacrilegio con persona /54v/ dedicada a Dios por especial dedicación,
como persona religiosa y también por ser en lugar sagrado; [e]stupro con
virgen, especialmente, si es con engaño; incesto se llama quando es con persona
a quien tenga parentesco o affinidad dentro del quarto grado; simple
fornicación es con persona soltera y libre; bestialidad se llama la que se
comete con animal bruto. Todas las quales especies no hay necessidad de
declararse con extensión por ser materia peligrosa y abominable. Péccase,
también, en lo accessorio, antecente o concomitante o consequente a esto, como
es en las vistas, tocamientos illícitos, mensages, cartas, presentes, dádiuas,
offertas, trages, músicas, inuenciones, vanidades, olores curiosos y vsos de
otras cosas lasciuas que incitan a esto, vsando también mal y con desone- /55r/
-stidad de la conuersación de la propria muger o contra la orden de naturaleza
o con peligro estando occupada con preñez o con su regla; contrayendo o
celebrando matrimonio contra los [e]statutos de la yglesia o precepto de su
p[re]lado; comiendo también o beuiendo demasiado o comiendo manjares o tomando
cosas que inciten a esto; induziendo o aconsejando o dissimulando o no
impidiendo, concurriendo en algo de lo susodicho por obra o por palabra o por
algunas señales o deteniéndose en pensamientos semejantes o consintiendo con
voluntad en ellos. Y, al fin, se quebranta con todo género de luxuria y
desonestidad.
/55v/ CAPÍTULO X. DEL SÉPTIMO Y DÉCIMO PRECEPTO.
No hurtar ni dessar las cosas
agenas.
¶ Es a saber, no tomar por fuerça ni
vsurpar ni detener las cosas agenas sin razón o causa legítima.
Lo
que se manda en este precepto y cómo se cumple: gvardando la virtud de la
justicia que no vsurpe nada ageno y dé a cada vno lo que es suyo, siendo
liberal quando Dios y la razón lo demanda, especialmente, con los pobres, si
tiene de qué, y sino con la buena voluntad y desseo de que sean socorridos.
¶ Lo que se ueda en este precepto y cómo se quebranta: dexando de
hazer algo de lo susodicho quando la razón lo demanda y, también, hurtando a
escondidas o manifiestamente con fuerça /56r/ y violencia o alçándose con lo
ageno o participando dello o tomando cosas sagradas o de lugar sagrado o
mandando o aconsejando o executando o alabando el mal próposito en esto o no
estoruándolo, pudiéndolo hazer, o no manifestándolo o no restituyendo luego lo
mal lleuado pudiéndolo restituyr. También pecca contra este mandamiento el que
vsurea o tiene algún trato o officio en que gane interesse indeuidamente y con
daño de los próximos; el que comete simonía, vendiendo o comprando la gracia de
los sacramentos o beneficios o cosas desta manera; el que vende por más de lo
que vale la cosa o compra adelantando o vende al fiado el tiempo porque espera;
el que juega con ventaja o con quien no puede /56v/ enagenar lo que juega o
juega con fraude o mucha cantidad o mucho tiempo porque todo esto es especie de
cobdicia; el que defrauda los diezmos y primicias deuidas a los ecclesiásticos
o los tributos deuidos a los reyes o príncipes o haze engaño en los pesos o
medidas o en las cosas que vende, defraudando en la substancia o quantidad o
qualidad delo que vende o trueca; el que no paga las deudas que deue pudiendo;
el que retiene lo ageno contra voluntad de su dueño o no restituye con
fidelidad lo hallado o depositado en él; el que no da limosna al necessitado,
pudiéndolo hazer; y el que dessea o procura bienes agenos para sí indeuidamente
o restituye el mal o no gasta lo que conuiene conforme a su estado o gasta
demasiado y quando no conuiene. Y, al fin, se quebranta este manda- /57r/
-miento siendo cobdicioso, auariento, tramposo o dissipador.
CAPÍTULO
XI. DEL OCTAUO PRECEPTO.
No leuantarás falso testimonio.
¶ Conuiene, a saber, refrenar la lengua
de los daños de sí y del próximo y de toda mentira y mal testimonio.
¶ Cómo se quebranta: diziendo algún falso testimonio en daño del
próximo o oyéndolo de buena gana o induziendo o siendo dausa que otro lo haga echando
sus faltas en público, sabiéndolas pocos o descubriéndose las faltas
secretamente, agrauándole y estendiéndole sus defectos o encubriéndole sus
virtudes, lisogeando, alabándole sin razón y fuera de propósito o por mal fin o
exasperando al próximo sin razón, murmurando, mintiendo o chis- /57v/ -meando,
accusando, mordiendo, disfamando, mal sospechando, siendo curioso en saber vida
y secretos agenos, diuulgándoselos, armándole calumnias, poniéndole estropieços
para que pierda su fama y buen nombre, estendiéndole su mal nombre maliciosa o
temerariamente, juzgando con temeridad acerca de cosa semejantes o no
estoruándolo pudiéndolo hazer, holgándose de la mala opinión del próximo,
pesándole que tenga buen nombre, mostrando imbidia de sus gracias, obras y
buenas partes, no dándole consejo ni correctión, pudiéndole aprouechar o
dexando de dar buen testimonio del próximo quando conuenga y se manda por quien
se puede mandar. Y, al fin, se quebranta con todos los effectos del peccado de
la imbidia, que es la raýz y fuente delas cosas que se vedan en este precepto,
/58r/ porque casi todo ello nasce de pesarnos de los bienes del próximo y
holgarnos de sus males.
Cúmplese
este precepto: aprouechando con nuestras palabras a los próximos, quando
conuenga hazerse sin perjuyzio dela verdad, y con los contrarios de las cosas
que tenemos dichas, especialmente, tratando verdad en todos los hechos y dichos
y en los testimonios que del próximo diremos; holgándonos que sus virtudes se
estiendan, encubriendo sus faltas, escusando sus defectos sin perjuyzio de la
verdad y echándole a buena parte las cosas dudosas, sintiendo y hablando bien
d'él sin yr contra la verdad, procurando, quando se offrezca, que otros lo
hagan assí. Y, al fin, teniendo charidad, la qual, como dize sanct {2. Cor. 18}
/58v/ Pablo, por ser paciente y benigna todo lo suffre y encubre y todo lo echa
a buena parte sino lo que de sí es malo o tiene manifiesta especie de mal.
Correctión
fraterna. Pertenesce, también, a lo affirmatiuo deste precepto la correctión
fraterna, de la qual hay particularmente que considerar y es que, como sea
medicina del alma para que el próximo salga de peccado o no cayga en él, es
menester tener prudencia christiana en aplicarla a la persona en el tiempo y
sazón que viéremos que hará prouecho o, probablemente, creyéremos que no hará
daño sino que antes aprouechará algún tiempo y, entonces, somos obligados a
hazerla so pena de graue peccado y, aunque todos tienen obligación a ella, pero
los prelado y curas de almas, principal- /59r/ -mente, y los predicadores y los
gouernadores y padres de familia y mayores de edad y de autoridad tienen más
obligación cada vno en su grado, no solo por obligación de cha[ri]dad sino
también algunos , como son los mayores en la yglesia, por obligación de
justicia y superioridad, apremiando por penas a los que biuen desordenadamente
quando no basta la exhortación paternal para que biuan bien.
CAPÍTULO
XII. DE LOS PRECEPTOS DE LA YGLESIA, QUE SON SEYS.
Seys preceptos hallo que casi son
generales en toda la Yglesia, los quales somos obligados a guardar cada vno en
su grado por la obligación que tenemos de obedescerla, como a madre nuestra, y
a los que en ella presiden por tener el lugar de Dios.
/59v/ El primer precepto es oyr missa los domingos y fiestas de guardar
según la costumbre de su diócesi.
Cúmplese
oyéndola entera, y si puede ser la mayor donde haya ayuntamiento christiano,
porque la común oración y hecha de vn coraçón se ayuda mucho; oyéndola,
también, con reuerencia y deuoción y con buen mouimiento, rogando a nuestro
Señor por sí y por los que más necessidad tienen, desseando la gracia de
nuestro Señor y procurando, quanto con el ayuda de Dios pudiere, tener
propósito y desseo de salir del peccado, si estuuiere en él, y si se sintiere
mal sin él, desseando la conseruación dela gracia y amistad de Dios.
Quebrántase
con dexar de hazer algo delo su- /60r/ -sodicho o de hazer lo contrario.
Segundo
precepto, ayunar los días que la Yglesia lo manda.
¶ Es a saber, quaresma, quatro
témporas, vigilias y los viernes y sábados comer como de quaresma,
conformándose con la costumbre de la tierra y diócesi en que biue.
Este precepto incluye en sí dos
cosas, es a saber, la abstinencia christiana, que es comer vna vez al día con
templança y castigación del cuerpo; otra, la determinación de los manjares, que
no se ha de comer carne ni hueuos ni leche ni queso ni cosa destas sin
necessidad o priuilegio.
Quebrántase
dexando de ayunar los tales días sin causa razonable y comiendo más de vna vez;
o comiendo antes de mediodía por tiempo /60v/ notable; o comiendo demasiado
notablemente o con notable curiosidad y golosina; o comiendo la noche antes con
demasía notable en fraude del ayuno; o ayunando con indiscretas abstinencias en
daño notable del cuerpo; o ayunando supersticiosa y iudaicamente o comiendo
carne, hueuos, queso o cosas de leche en días vedados sin tener necessidad y
licencia de su confessor o del médico, teniendo aparejo para pedirla y no
teniendo priuilegio para ello. También estos días se deuen particularmente
abstener de peccar, exercitándose en sanctas obras, especialmente, en la sancta
oración y limosna para que les sea fructuoso el día sancto.
Nota: En el modo del comer en los
sábados, que porque hay diuersidades de vso por la diuersidad de las tierras,
el christiano piadoso confor- /61r/ -marse ha con la costumbre de la tierra
donde morare, si quisiere biuir sin escándalo según la regla moral de sant
Ambrosio y, assí, se accusará del peccado que huuiere hecho contra la tal
costumbre, especialmente, si ha peccado con menosprecio o con escándalo.
Tercer
precepto, pagar las décimas y primacías donde se suelen pagar de antigua
costumbre.
¶ Van contra este precepto y son
obligados a restitución los que no las pagan o los que las pagan con alguna
falta o los que pagan de lo peor y los que no las pagan de todas las cosas que
es costumbre de pagarse en aquella tierra.
¶ Cúmplese con hazer lo contrario a
todo esto en su tiempo.
/61v/ Quarto precepto, confessarse, alomenos, vna vez en el año por
Pascua de resurrectión con su proprio sacerdote o quien su prelado le señalare.
Quebrántase
no confessando en este tiempo o confessando fingidamente sin las partes
necessarias, confessando por fuerça y mala gracia, no confessando con su
proprio prelado o cura o con quien él señalare sino, temerariamente y a tiento,
confessando con quien pensó que no tenía la tal licencia o, ya que se confiesse
con sacerdote que tenga licencia, si se confiessa con quien ciertamente sabe
ser ignorante o indiscreto o peruerso de mala vida o impedido que no le puede
absoluer.
¶ Cúmplese haziendo lo contrario de
todo esto a su tiempo.
/62r/ Quinto precepto, recebir el sancto sacramento por el mismo tiempo
de Pascua de resurrectión, teniendo edad y disposición para ello y no
vedándoselo su proprio confessor.
Quebrántase
dexando de comulgar en el dicho tiempo de Pascua sin acuerdo de su confessor; o
comulgando sin preceder arrepentimiento de sus culpas y satisfactión y
confessión, pudiendo hauer buen sacerdote para confessarse; o comulgando sin
reconciliarse con los que ha offendido, pudiéndolo hazer; o comulgando con poca
fe o no estando ayuno desde la medianoche abaxo; o comulgando por mano de otro
que no sea su proprio sacerdote o no dando licencia para ello; o hauiendo /62v/
comulgado en otra parte no queriendo dar razón a su proprio cura de cómo lo ha
hecho, aunque tuuiesse priuilegio de comulgarse en otra parte; o comulgando con
poca reuerencia y sin deuoción.
¶ Cúmplese haziendo lo contrario de
todo esto a su tiempo.
¶ Sexto precepto, no celebrar bodas enlos tiempos vedados por la
Yglesia, es a saber, desde el Aduiento hasta el día dela Epiphanía y también
desde el Día de la Ceniza hasta la octaua de Pascua inclusiue, según la nueua
ordenación del sancto Concilio de Trento {Ses. 24 ca. 10}, el qual precepto,
aunque en lo que toca a obligación se entiende solamente de la cerimonia y
solennidad de la missa de los casados, pero también es loable consejo que los
casados se abstengan del acto conjugal /63r/ en estos tiempos y en los días que
son de ayuno y de oración pública y grandes festiuidades porque de creer es,
que estos días, vedó la Yglesia las ceremonias de la missa, no tanto por sí
como por impedir en ello el acto conjugal que se sigue de la solennidad de las
bodas porque resfría vn poco el feruor de la oración conforme al precepto de
sanct Pablo, que {1 Cor. 7} dize que los casados no se defrauden sino a cierto
tiempo para vacar a la oración.
¶ Quebrántase quando en algunos días destos se celebran bodas o en
otros días sanctíssimos y de grande celebridad se tiene accesso con la muger,
lo qual se ha de entender no hauiendo peligro de caer en peccado alguno los
casados por dexar de satisfazer la deuda natural, pero nunca hay peccado mor-
/63v/ -tal en ello sino se haze por menosprecio. También peccan los que quieren
celebrar matrimonio en no disponerse con la oración y buenos propósitos y
mouimientos para recebir este sacramento sancto del matrimonio y començar vida
de vn estado tan sancto y tan difficultoso y para recebir las bendiciones de la
Yglesia, pero el día de hoy casi todos se casan gentílica y profanamente, que
es cosa de gran dolor.
X
/64r/ QVARTA PARTE DE LOS PECCADOS MORTALES Y SUS REMEDIOS.
CAPÍTULO
I. DE LA SOBERUIA.
Soberuia es vn appetito desordenado de
honrra y excellencia.
¶ Péccase en él capitalmente.
En no reconoscer a Dios por dador de
lo bueno que el hombre tiene; en serle ingrato; en pretender enlas cosas buenas
que haze, o malas que dexa de hazer, más su honrra que la de Dios; en dessear
honrras, cargos, dignidades, estados y preeminencias para mandar y ser tenido y
adorado, sin hazer cuenta /64v/ con lo que puede y meresce ni con los medios y
demasía con que los procura; en ingerirse en ellas; en inuentar nouedades que
pueden traer peligro o ser lazo y occasión del mal y en acometer cosas arduas
sobre su possibilidad sin tener partes para ello; en tener de sí crédito que es
singular enlo bueno que tiene y que no se le puede nadie ygualar; en atribuirse
lo que no tiene; en menospreciar o desdeñar por obra o palabras los próximos,
como que no se pueden comporar con él; en attribuyrse o holgar que le
attribuyan honrras o excellencias que no le conuengan y en jactarse él dellas o
de cosas malas que él aya hecho; en traer pompa y apparato demasiado o contra
su estado, assí como en el vestir, comer y acompañamiento y en el tratamiento
de su persona; en indignarse con- /65r/ -tra sus próximos porque no le adoran y
estiman; en dessear preceder a sus yguales o ygualarse y no reconocer a sus
mayores; en pesarle que le vayan a la mano en lo que pretende, malo o bueno;
también por enloquecerse en las prosperidades y murmurar y tener poca paciencia
en las aduersidades sin hazer cuenta de lo que meresce; en desdeñarse del
officio o vocación que tiene, paresciéndole que meresce más; en fingir
sanctidad no teniéndola; en encubrir sus faltas quando tiene obligación a
manifestarlas; también peccan en este peccado los que son porfiados a querer
salir con la suya, los curiosos de saber cosas peregrinas y vanas, los que no
se quieren conformar con el parescer de los mayores y más sabios y los
desobedientes a sus mayores.
/65v/ ¿Cómo se defiende el hombre deste peccado? Con la uirtud de la humildad.
Defiéndese el hombre deste peccado con la virtud dela humildad, principio y
fundamento del edificio christiano, la qual consiste en vn verdadero y cordial
conoscimiento de sí y de su miseria e imperfectiones y en el conoscimiento de
Dios y de su bondad, justicia y misericordia y de sus infinitas perfectiones y
en querer y dessear estar subjeto a Dios y a su ley; en obedescer y escuchar a
los superiores y que más saben; en no querer preceder a los yguales ni
menospreciar a los menores, sintiendo de sí y de sus cosas con modestia
christiana; exercitándose muchas veces en cosa humildes; rompiendo la
animosidad y descompassada altiuez de nuestro apetito, teniendo delante siempre
el exemplo de Iesú Christo, /66r/ conformándonos con su cruz y con los exemplos
de sus sanctos para imitarlos y teniendo el hombre siempre ante sus ojos los
profundos juyzios de Dios y sus proprios defectos y lo mucho que deue a nuestro
Señor.
CAPÍTULO
II. DE LA YRA.
Yra es apetito desordenado de
vengança.
¶ Todas sus especies las diximos en
el quinto mandamiento porque contra él suele yr este peccado principalmente y,
por esso, no hay necessidad de hazer aquídellas particular consideración.
¶ Los remedios deste peccado. Son, en general, remedios para este
peccado casi los mesmos que eran para el vicio de la soberuia y para especial
remedio deste peccado de yra, que todo es turbulencia y desatino, aprouechará
mucho considerarlos effectos malos y daños que el peccado de la yra /66v/ trae
consigo, especialmente, quando se refirma y assienta en el coraçón del hombre.
Porque quanto a lo primero saca al hombre de sí y pónelo en el número de los
animales brutos por el tiempo que dura la yra, que ni entonces entiende la
razón ni aún la escucha; destruye, también, la charidad christiana, en que
consiste la vida del alma, porque haze que aborrezcamos y desseemos mal a
nuestros próximos y se lo procuremos; destruye, también, la paz y sosiego de
las repúblicas; porque la yra trae consigo porfías y quistiones y injurias y,
luego, homicidios, de lo qual se sigue la perturbación y perdición de pueblos y
aun de reynos, especialmente, quando esta passión reyna en los coraçones de
personas poderosas. También aprouecha para desterrar este peccado el exercicio
dela sancta virtud de /67r/ humildad; porque como la yra por la mayor parte se
engendre y despierte del menosprecio apparente o verdadero con que los hombres
se veen ser menospreciados de otros, sentirlo ha poco o nada el bien exercitado
en esta sancta virtud; porque el humilde christiano da fe poco o no nada por
los menosprecios particulares de su persona; porque siempre está occupado en
considerar lo poco que es y meresce y antes tiene por gran felicidad quando sin
culpa suya lo persiguen y humillan. Es, también, su propria medicina para este
peccado la virtud de la sancta paciencia christiana; con la qual, como Christo
nos enseña, se posseen {Luc. 25} las almas y somos señores de nosotros mesmos;
con la qual suffriendo, vencemos a los que nos injurian porque con firme fe
esperamos la bienauenturança sin fin que está prometida a los /67v/ que vencen
sus apetitos desenfrenados y se hazen fuerça a sus inclinaciones. Y ayuda,
también, mucho para tener paciencia lamemoria delas passiones, persecuciones y
humildad de la cruz de Christo, nuestro señor y capitán, cuya vida y humildad
hauemos de tomar por exemplo de nuestra vida y costumbres para que con esta
consideración crucifiquemos y mortifiquemos nuestra bestial animosidad y
soberuia. Y porque para esta mortificación christiana, por ser tan contra
nuestra mala inclinación, hauemos menester especial ayuda de Dios, conuerná mucho
que con el exercicio de la sancta oración le pidamos a Dios esta humildad y
paciencia y mortificación.
¶ También es prouado y prudente
remedio huyr el christiano de las occasiones, es a saber, apartarse de
conuersaciones y tratos de hombres contenciosos, porfiados y aparejados a
quistio- /68r/ -nes y injurias y, ya que por nuestra flaqueza se offrezca algún
sinsabor o amargura con el próximo, conuiene reconciliarse con él luego, si es
possible, como enseña el apóstol y los santos {Ephe. 4.} porque muchas vezes de
liuianos enojos y de pequeñas centellas se suelen encender grandes fuegos y
venir inconuenientes diffíciles de remediar.
CAPÍTULO
III. DEL PECCADO DE LA EMBIDIA.
Embidia es tristeza y pesar
desordenado del bien del próximo o plazer desordenado de su mal.
¶ Este peccado va contra el quinto,
séptimo y octauo mandamientos porque quando la embidia es acerca delos bienes
del cuerpo va contra el quinto mandamiento y quando es en bienes de fortuna va
en contra el séptimo y quando es contra los bienes de la fama va contra el
octauo y aun algunas vezes hay embidia de los bienes de /68v/ gracia y entonces
es peccado endiablado que va contra el SpírituSancto.
¶ Mirará bien el penitente lo que en
esto se podrá accusar y el confessor lo que le podrá preguntar.
Del
contrario deste peccaso y de la cura d'él con la uirtud de la charidad.
Este peccado, más diabólico que humano y que tanto ensangosta la anchura del
coraçón, se cura con la virtud de la charidad, la qual es principalíssima entre
todas las virtudes y que más nos haze semejantes a Dios y que propriamente haze
a quien la possee verdadero discípulo de la escuela de Iesú Christo, la qual,
como no sea otra cosa sino vn diuino fuego y calor que enciende y ensancha el
coraçón humano, capaz de Dios, para que le ame de por sí y a los amigos y
enemigos y las demás cosas por Dios. Assí es la legítima medicina /69r/ para
contra esta pestilencia.
¶ Esta sancta virtud, como sea el
fruto más principal del Spíritu Sancto, hauémosla de mendigar, assí para
posseerla como para conseruarla, del mesmo Dios con gemidos continuos y
heruientes desseos y obras pías, especialmente, de misericordia y con oraciones
continuas diziendo siempre de coraçón a Dios: "Adueniat regnum tuum": "Venga en nos, Señor, el reyno de
tu Sancto Espíritu", porque todo él se summa y consiste en la possessión
desta sancta virtud, pues, ella haze que en nosotros no haya ni reyne otra
voluntad que la de Dios y nos haze sufficientes para todo. Con ella todo lo
suffrimos, en todo passamos con ygualdad, con ella nos gozamos de los bienes de
nuestros próximos y nos condolemos de sus necessidades, y mucho más si son
espirituales y, al /69v/ fin, con ella tenemos todo lo que se esconde y se
manifiesta en las diuinas escripturas, como dize el glorioso Augustino {Augu.
de laudib. charitat}, y sin ella no vale nada el resto por mucho que parezca
que queda para hecho de tener derecho alcielo.
CAPÍTULO
IIII. DE LA LUXURIA.
Lvxuria es appetito desordenado
acerca delos deleytes corporales y, especialmente, acerca de las delectaciones
del tacto. Deste peccado diximos ala larga enel vj mandamiento y de todas sus
especies.
Los
remedios contra luxuria y para guardar el sexto mandamiento. Los
principales remedios deste peccado son: refrenar quanto nos fuere possible las
imaginaciones torpes, que son la fuente de todas las offensas que se hazen
contra nuestro Señor en este peccado y es menester, también, rogar a Dios con
grande instancia que aparte de nuestra alma esta mala semilla de /70r/
pensamientos desonestos, los quales por poco que se dexen reposar en el alma
apenas la dexa sin alguna manzilla; y también aprouechará castigar y exercitar
el cuerpo en las cosas laboriosas y pías, como ayunos, vigilias, peregrinación,
oración, meditación, disciplinas, lectión de escripturas y de exemplos de
sanctos y, también, huyr la ociosidad y aparterse, sobre todo, delas occasiones
y malas compañías y conuersaciones porque la victoria deste pecado está en huyr
a los principios. Ayudará, también, mucho la moritificación delos appetitos y
la remplança en el coraçón y enlos regalos de la carne y, principalmente, nos
armaremos contra este peccado con la continua meditación de tres cosas, es a
saber, dela muerte, del juyzio final y del infierno.
CAPÍTULO
V. DE LA GULA.
Gvla es vn appetito desordenado
acerca delas delectaciones del gusto.
/70v/ ¶ Peccan en este peccado los
que ponen demasiado cuydado y diligencia enlas cosas del comer y beuer y los
que comen y beuen más de lo que es menester para su buena disposición, según su
costumbre, o comen y beuen más de los que demanda su estado, guiado por la
buena y christiana razón.
¶ Péccase, también, en comer o beuer
algo para fin desordenado de luxuria, en buscar cosas exquisitas con golosina
para contentar al gusto sin tener dellas necessidad; en comer con desonestidad
y con gestos, triscando y mofando y burlando; y en mezclar algo enla comida
para que los otros salgan de seso o peligren o en ser causa que algunos hagan
algo desto; y en quebrantar los ayunos dela suerte que diximos arriba, en el
segundo precepto de la Yglesia.
¶ Los remedios deste peccado, que son temperancia y ayuno christiano.
/71r/ Este peccado de la gula y su consiguiente, que es la luxuria, se pueden desterrar
con la virtud contraria, que es la temperancia, la qual consiste en la
moderación del comer y beuer y otras cosas del gusto, teniendo respecto a la
buena disposición, costumbre no corrupta, estado, edad y posibilidad, según la
buena razón y prudencia lo enseñare; no excediendo ni faltando notablemente,
inclinando antes a vn poco de rigor contra el cuerpo que no a indulgencia y
regalo.
¶ Y, también, directamente se
destierran con el exercicio del ayuno christiano, el qual consiste en castigar
y humillar el cuerpo sano y robusto con la abstinencia de los manjares con la
discreción y sin superstición, subjectando la carne al espíritu que no se
rebelle contra él trayéndola siempre en necessidad.
/71v/ CAPÍTULO VI. DEL PECCADO DELA AUARICIA.
Avaricia es desordenado appetito de
adquirir y retener el dinero y otros bienes temporales.
¶ Peccan en ella los simoniacos, los
ladrones, los sacrílegos, los hombres que tienen malos tratos y officios de
ganancias injustas, los que compran adelantando o venden fiado, añadiendo o
quitando del precio por razón del tiempo, los que detienen lo ageno o toman
prestado y no pagan pudiendo, si lo dilatan contra la voluntad de su dueño, los
que detienen o defraudan lo empeñado o depositado o hallado o confiado contra la
voluntad del dueño, los que no gastan quando ni como conuiene a su estado, los
que no son liberales con los pobres, guardando la orden de la charidad y los
que ponen su ánimo y todo su estudio en adquirir o conseruar los bie- /72r/
-nes de fortuna, oluidándose de sí y de Dios y los pródigos que gastan
demasiado contra razón quando y como no conuiene.
Lo demás que toca a este peccado,
diximos en el séptimo mandamiento.
¶ Los remedios deste peccado. Euítase este peccado con el exercicio
de tres virtudes morales: iusticia, liberalidad y misericordia.
Con justicia, que es virtud que da a
cada vno lo que es suyo y no detiene nada ageno.
Con liberalidad, que es virtud con
que se distribuyen y gastan los bienes temporales quando y como y con quien
conuiene.
Con la virtud de la misericordia,
que es vna cordial compassión delas necessidades y miserias del p[ró]ximo, con
la qual se ablanda la dureza del ánimo del auariento. Y, al fin, se euita con
no poner ánimo enlos bienes temporales, /72v/ ni en el adquirirlos y
conseruarlos, de manera que por ellos perdamos a Dios, que es nuestro verdadero
bien, sino que antes vsemos dellos paralo que son, que es para gastarlos como
conuiene a su seruicio y prouecho nuestro y delos próximos.
CAPÍTULO
VII. DEL PECCADO DE LA ACCIDIA.
Accidia es vn fastidio para
emprender y proseguir las cosas del camino de Dios.
Pecca en este peccado los
pusillánimos, que siempre hallan inconuenientes en las cosas buenas, los
tibios, los torpes, negligentes, los desesperados, los floxos, que no se
quieren poner a ningún trabajo en las cosas que tocan al seruicio de Dios y a
su saluación o bien delos próximos, los ociosos, los que haronean y emperezan y
de día en día andan dilatando los buenos intentos, los que se descuydan del
buen nombre christiano y delo que han de hazer conforme a su vocación /73r/ en
el camino de Dios y los que se descuydan de la sancta oración y de pedir a Dios
ayuda en las necessidades corporales y espirituales, los que despiden de sí las
inspiraciones y buenos mouimientos y desprecian los buenos consejos euangélicos
y los exemplos de sanctos y no hazen lo que Dios y sus ministros mandan, los
que pierden y gastan mal el tiempo.
¶ Del contrario de la accidia que es la esperança.
Destiérrase este peccado [...] con
el exercicio de l- [...] -tud de la esperança [...] -tende el hombre co- [...]
sí, que es a Dios [...] gracia y su gl- [...] -preciar los [...] riesgos [...]
-des [...] /73v/ -frescer. Llámala sanct Pablo áncora, y con gran razón, porque
haze en el {Heb. 6} alma el effecto que suele hazer el áncora en el mar, en el
tiempo de las tempestades, es a saber, que la tiene fixa e immouible en el fin
y puesto que deue estar; que es Dios, aunque más le parezca al sentido
impossible o diffícil o apartado; o que se dilata mucho lo que se espera, pero
como esta esperança sea fruto legítimo del Spíritu Sancto no se puede adquirir
ni conseruar sino continuando mu- [...] la sancta oración. Y, assí, es me-
[...] que esta se vse mucho en todo [...] desta vida peligrosa sino [...] -e el
reyno del peccado [...] parte de nuestro [...] contra
/74r/ Según la variedad de los
doctores, en vna de siete maneras le[2]
pecca contra el Spíritu Sancto y todas ellas son peccados grauíssimos y por
esso se haze especial mención dellos, aunque se pueden reduzir a los peccados
ya dichos, si bien se entienden, y son las siguientes:
1. Desesperar de la misericordia de
Dios.
2. Presumir de los proprios
merescimientos.
3. Impugnar la verdad cathólica ya
conoscida.
4. Blasphemar, attribuyendo lo que
es de Dios a las criaturas o al contrario.
5. Hauer embidia de la gracia del
próximo.
6.No tener voluntad de hazer
penitencia con obstinación.
7. Aborrescer a Dios.
CAPÍTULO
IX. /74v/ LOS PECCADOS QUE EN LA
ESCRIPTURA ESPECIALMENTE DAN BOZES A DIOS PARA PROUOCAR SU JUSTICIA SON QUATRO.
1. Derramar sangre de innocentes que
no tienen culpa.
2. Opprimir y perseguir huérfanos,
biudas y a los que poco pueden.
3. Retener sin razón el salario de
trabajos agenos.
4. Y los peccados que son contra
natura.
CAPÍTULO
X. DE LAS OBRAS DE MISERICORDIA.
¶ Las obras de misericordia son
catorze: siete corporales y siete espirituales.
¶ Las siete corporales son:
1. Dar de comer al que ha hambre.
2. Beuer al que ha sed.
3. Vestir al desnudo.
4. Posada al peregrino.
5. Visitar al enfermo.
6. Redemir al captiuo.
/75r/ 7. Enterrar al muerto.
Hase de entender que hay obligación
de hazerse, so pena de peccado, con los necessitados quando la razón y charidad
obliga y no se ha de esperar el christiano para hazerlas a que el próximo esté
en extrema necessidad, como algunos empedernidos hazen, porque al que assí está
en estrema necessidad apenas le puede hazer prouecho la misericordia. Basta,
para que obligue, saber que el próximo esté en peligro de passar notable detrimento
por la tal necessidad y ha de tener siempre respecto a lo que él puede hazer
conforme a su possibilidad, no contentándose con dar vna blanca o vna miseria,
como se suele hazer, sino cosa que relieue y cumpla en parte o en todo la
necessidad del próximo, especialmente, siendo vergonçante.
/75v/ Cúmplense todas estas siete
obras con la virtud dela charitatiua y cordial misericordia, que consiste, como
diximos, en compadescerse con effecto de las miserias y necessidades de los
próximos, hauiendo de qué, y si no lo hay, offresciendo a Dios la buena
voluntad y desseo, guardando siempre la orden que la charidad demana y,
especialmente, se cumple con cumplir el quarto, quinto, séptimo y octauo
preceptos bien entendidos, donde se puede accusar dello el penitente.
¶ Los siete espirituales son:
1. Consolar los tristes.
2. Enseñar los ignorantes.
3. Dar consejo al que lo ha
menester.
4. Perdonar las injurias que nos ha
hecho.
5. Suffrir los defectos de los
próximos.
6. Corregir a los que peccan en su
tiempo y sazón.
/76r/ 7. Rogar a Dios por ellos.
¶ Todo lo qual se deue hazer en su
tiempo y lugar quando la razón lo demanda y cumplirse han, también, estas obras
cumpliendo el quarto, quinto y octauo preceptos bien entendidos.
CAPÍTULO
XI. DE LOS SENTIDOS INTERIORES Y EXTERIORES Y DOS POTENCIAS DEL ALMA.
En los sentidos y sus operaciones
como son: 1. ver, 2. oler, 3. oyr, 4. gustar, 5. palpar, y en los interiores
como fantasear, imaginar y discurrir, y en las dos potencias del alma, que son
entendimiento y memoria, propriamente no hay peccado, porque no son potencias
que vsan de libertad; pero dízese hauer peccados en ellas por la mala
applicación que dellas haze la voluntad en cosas no deuidas o /76v/ por no
applicarlas quando conuiene. Y, assí, no hay para qué hazer particular
consideración dellas, más de la que hezimos en los mandamientos y peccados
mortales porque el ver si es de cosas que pertenescen al fausto o pompa
mundana, pertenecerá el querer ver aquellas cosas al peccado de la soberuia,
que la escriptura llama concupiscencia de ojos. Y si es querer ver mugeres para
dessearlas o cosas de desonestidad, pertenecerá al peccado de luxuria y al
sexto y nono mandamiento. Y de la mesma manera el oler y tocar y todos los
demás.
¶ El exercicio de las demás virtudes
y los peccados que son sus contrarios ya los hauemos tocado en lo que hauemos
dicho delos preceptos y de los peccados mortales y, assí, no hay para qué hazer
particular consideración dellos.
/77r/ CAPÍTULO XII. DE LO FINAL DE LA CONFESSIÓN.
Hecha la confessión, viendo en sí el
penitente, poco más o menos, que la gracia de nuestro Señor tiene dolor
verdadero de sus peccados y propósito efficaz de dexarlos y de apartarse de las
próximas occasiones dellos, mirará lo primero, como diximos arriba, si tiene
algún caso de que no pueda absoluerle el confessor, especialmente, de los que
llaman de cena domini; y si el penitente no lo sabrá juzgar, auisarle ha dello
el discreto confessor si por la confessión ha entendido que tiene algún caso
reseruado; y si no tuuiere priuilegio porel qual pueda ser absuelto recurrirá a
los superiores, como diximos, pero si no tuuiere tal caso, después de hauer
hecho el penitente su confessión entera, pedirá al confessor con toda humildad,
pues está allí en /77v/ lugar de Dios, le dé absolución y penitencia saludable,
prosiguiendo lo que quedó de la confessión general al principio y diziendo:
¶ "Assí que de qualquier manera
que yo haya offendido a nuestro Señor, assí en lo que yo aquí he confessado
como enlo que confessaría, si a mi noticia viniesse, y en lo que Dios sabe que
le ha offendido de que yo no me acuerdo como, también, en lo que otros han
peccado por mi causa o negligencia, de todo ello pido a nuestro Señor perdón. Y
ruego a la virgen sancta María y a todos los sanctos que me ayuden con la
intercessión para alcançarle. Y a vos, padre, pues estáys en el lugar de Dios,
que me deys penitencia y absolución por lo passado y consejos saludables para
la enmienda de lo por venir y roguéys a nuestro Señor por mí".
/78r/ ¶ Luego oyrá del confessor las
amonestaciones que le diere con grande humildad y confussión suya y recebirlas
ha con reuerencia como de juez que habla allí en lugar de Dios y acceptará de
buena gana la penitencia que el sacerdote le impusiere, conosciendo que mucha
mayor pena sin comparación meresce la menos culpa delas que ha contado. Y si
fuere penitencia razonable y que se pueda cumplir luego, proporná firmemente de
cumplirla luego en saliendo de allí o lo más presto que pudiere y oyrá la
absolución que le dará el sacerdote, la qual consiste en estas palabras: "Ego te absoluo à peccatis tuis, in nomine
Patris et Filij et Spiritus sancti. Amén", la qual absolución recibirá
con fe y deuoción, creyendo firmemente que si él trae la disposición que deue
traer a este sancto /78v/ sacramento que Dios obrará allí con su palabra y
promessa por la boca del sacerdote, lo mesmo que la absolución suena que es
libertad y desatamiento delas culpas en el alma y esto por los méritos de la
passión de su Hijo sacratíssimo cuya virtud se applica en este sacramento.
¶ Después de absuelto, dará gracias
a nuestro Señor de todo coraçón por la merced que le ha hecho en traerle a
conoscimiento y arrepentimiento de sus culpas y en hauerle dado lugar para
confessarlas y alcançar absolución dellas y suplicará a su diuina Magestad le
dé su gracia y fauor para començar vida nueua y proseguirla como conuiene a
hombre renouado y encorporado en Iesú Christo por su preciosa sangre y passión
y procurará de aý en delante de hazer de su parte con el ayuda de Dios lo /79r/
que fuere menester para no offender a Dios, sino antes de seruirle y obedescer
y, luego, porná por obra los buenos propósitos que concibió en la confessión de
apartar de sí los peccados en que se sentía estar enrredando y las occasiones
cercanas que le hazían caer en ellos.
¶ EXHORTACIÓN PARA QUE NO SE BUELUA
MÁS A LA MALA VIDA.
No se puede, sin gran dolor de
coraçón, suffrir la ingratitud y menosprecio que los más penitentes el día de
hoy vsan y tienen con nuestro Dios y Señor que apenas se han leuantado delos
pies del confessor y ya les paresce que pueden hazer libro nueuo de peccados,
tornándose a ellos como canes al vómito y como brutos /79v/ e immundos animales
a ensuziarse en el cieno de las carnalidades y otros peccados que por la
misericordia de Dios les han sido perdonados y, en lugar de satisfazer y
agradar a nuestro Señor por obediencia con fructos dignos de penitencia y
encomendarse a él de coraçón, quitando de sí las occasiones de los peccados,
procurando perfecta reconciliación con su diuina Magestad, tratan ya de
boluerse a los mismos peccados o otros semejantes, paresciéndoles que les va
mejor debaxo de la seruidumbre y estando de la libertad de la gracia de que
Dios les ha hecho merced por la penitencia, como hazían aquellos incrédulos e
ingratos hijos de Israel que, {Nu. 21} aunque Dios los hauía libertado de la
miseria y captiuerio y seruidumbre de Pharaón, donde hauían sido trata- /80r/
-dos como esclauos aherrojados y poco menos que brutos, pero porque allá hauían
tenido abundancia de manjares grosseros, apazibles a su gusto y paladar
sensual, sospirauan en el desierto por ellos, teniendo en poco la misericordia
de Dios nuestro Señor y el dulce manná celestial de que les hauía proueýdo y la
libertad en que les hauía puesto por manos de su sieruo Moysés, por lo qual no
cayeron en poca indignación y desgracia con la diuina Magestad, según que la
Sagrada Escriptura nos enseña. Cierto, a mi parescer, los que desta manera
tratan los sacramentos de la gracia y remissión delos peccados, que es la más
excelente libertad que eneste mundo podemos tener, dan a entender no hauer
tenido verdadero arrepentimiento ni verdadera penitencia de los peccados sino
que por cumplir o por o- /80v/ -tros fines humanos hizieron aquella apparencia
de yr a los pies del confessor, como si Dios se pudiesse engañar que vee el
secreto de los coraçones. ¿Y esto qué otra cosa es sino traer debaxo de los
pies la gracia de los sacramentos y el precio dela sangre de Iesú Christo que
en ellos se communica no llegándose a ellos con la disposición que conuiene?
Por lo qual creo que solía dezir el glorioso sanct Ambrosio {Lib. 2. de Pocnir.
ca. 10.} que era más fácil de hallar vn innocente y sin culpa que vn verdadero
penitente. Y esta es la causa porque los sanctos hizieron tanto caudal de la
nueua vida, que casi pusieron todo el ser de la verdadera penitencia en ella,
porque veýan quán pocos de los penitentes hazían lo que deuían en esta parte y,
al fin, porque nuestro redemptor Iesú Christo paresce que casi no amonestaua
otra cosa después /81r/ de admittir a vno al perdón sino {Ioan. 5}: "Mira,
guárdarte que no peques más, no te acaezca peor por tornar a los peccados
passados ya perdonados". Esto nos mostró, por exemplo, el sancto rey
Dauid, quando después de hauer sido perdonado de Dios por la boca de Nathan,
propheta, delas culpas del adulterio y homicidio que hauía cometido, pedía con
todo esso a Dios que {Psa. 50} le limpiasse y lauasse aún más y más y le confirmasse
y esforçasse con su [e]spíritu y le communicasse más de su gracia y
misericordia para que no solo no peccasse de aý adelante y le perdonasse las
penas temporales de sus culpas, pero aún le hiziesse tal que pudiesse hazer
buenos a otros por su exemplo y enseñamiento y assí dezía: "Enseñaré a los
injustos y malos tus caminos, etc".
Esto nos amonestaua el sabio Salo-
/81v/ -món {eccli. 5} quando dixo: "Del peccado perdonado no estés sin
miedo porque siempre dexa reliquias en el alma con que puede rebiuir y ala
menor occasión del mundo tornar a subjectar el alma a las miserias passadas
delos peccados". Terrible sentencia es aquella {Luc. 11} del mesmo Iesú
Christo, nuestro redemptor, en que dize que quando el espíritu immundo, que
tenía captiua el alma miserable por los peccados, ha salido della por la
penitencia y gracia y perdón que Dios le haze, que anda por lugares desiertos
como desterrado y boluiendo a ver si podrá tornarse a su posada antigua, como
la vee que está ociosa, es a saber, mal segura y que no procura de conseruarse
en la gracia de Dios con oración y continuación de los sacramentos y fructos
dignos de penitencia y trabajando de apartarse de las occasiones que /82r/ le
pueden induzir al peccado, se torna a entrar en la possessión antigua y,
entonces, no entra solo como antes estaua sino toma otros siete demonios peores
que él y entran y hazen su morada en el alma triste y rendida. Y, assí, viene
aquel hombre a yr de mal en peor porque la flaqueza es mayor y la tyrannía de
los enemigos más crescida. Pues, ¿qué ha de hazer o qué puede esperar vna alma
flaca, captiua y agrauada de la mala costumbre del peccar y con tan pestilente
compañía de demonios tan potentes y perniciosos sino incurrir en el estado
miserable de la obstinación y quasi en necessidad de peccar, si mucho se
descuyda, y perder del todo los alientos? Para leuantar los ojos a Dios, para
alcançar el perdón dellos y tornarse del todo bruto subjecto a sus flaquezas y
passiones y, enfin, con la con- /82v/ -tinuación de los peccados y obstinación
venir a vn menosprecio de Dios y, por el consiguiente, a caer en su yra e
indignación perpetuas.
Aparte Dios, por su misericordia,
tanto mal de las almas christianas, pues, sepan que este camino peligroso
lleuan y en este paradero han de parar los desagradescidos ala gracia y
misericordia de Dios; y los penitentes descuydados y duros, y que cada día con
menosprecio caen en los mesmos peccados, y que tienen por cosa de juego o burla
el peccar, y que apenas en toda su vida se vee mejoría en ellos con la
penitencia, porque leyes son justas de Dios que el que no vsa bien de la gracia
que le es communicada la pierda y se haga indigno de recebir otras y el que no
quiso quando pudo hazer lo que {Augustinus ad Iulián} deuía, que casi no pueda
quando dessee poner por obra lo que es obliga- /83r/ -do, no sea ansí, por
reuerencia de Dios, hermanos, de aquí adelante sino mire bien cada penitente el
estado miserable de que Dios le saca quando le perdona por la penitencia y por
su misericordia y pídale de coraçón verdadero conoscimiento del peccado y de
sus seqüelas y agradezcáselo con todas entrañas y déle gracias de coraçón por
ello. Obedezcámosle, siruámosle, andemos en nuestra vida solícitos y vigilantes
con Dios y con nosotros mesmos y con los tratos y conuersaciones que
tuuiéramos, orando y gimiendo de coraçón y haziendo obras de verdaderos hijos,
que no es negocio este de recobrar el amistad de Dios y perseuerar en ella que
se quiera tratar con descuydo. Quitemos del todo los males que nos son occasiones
para la mala vida y si la mano o el pie nos escandaliza, es a sa- /83v/ -ber,
lo que desenfrenadamente amamos o cerca de nosotros tenemos o si el trato y
officio que tuuieremos nos aparta de Dios, apartémoslo, echémoslo de nosotros y
de nuestra compañía con efficacia o alexémonos dello de coraçón, quanto con la
gracia de Dios pudiéremos, que harto trabajo se tiene el hombre sin las
occasiones de afuera, en traerse así mismo consigo cargado de passiones y
corrupción de appetitos desordenados con que somos combatidos y derribados a
cada passo. Oremos de coraçón a Dios muchas vezes con el {Psalm. 22} propheta
Dauid, que nos libre de nuestras proprias necessidades y de nosotros mesmos,
alleguémonos a él, busquémoslo con fe y sanctos y efficaces desseos, que hallarlo
hemos; freqüéntemos muchas vezes con la ayuda y gracia suya este sancto exerci-
/84r/ -cio del sacramento de la confessión y alleguémonos con fiuzia de su
misericordia a la mesa de su sancto altar para que, por la communión de su
carne y sangre bendita y deificada, se esfuerce nuestra flaqueza y biuamos y
tengamos algún sabor de la vida de miembros biuos de Iesú Christo por la
communicación de su espíritu y confirme en nosotros la gracia de la
reconciliación y perdón, de manera que podamos dezir, bendiziéndole, que los
portillos y ruynas de los muros del alma, que hizieron los peccados, están
restauradas y reedificadas con su gracia y fuerça y misericordia. Pidamos y
gimamos y suppliquemos de coraçón a Dios nos embíe el don de la perseuerancia,
pues, la boca de la verdad nos auisa que el que perseuerare en la buena vida
hasta el fin, este tal se saluará.
FINIS
/84v/ [/85r/] TABLA DEL
Confessionario
Parte
primera: de los presupuestos
La penitencia christiana: en qué
consiste fol.
5
El primer presupuesto para la
confessión que es entender el
penitente lo
que va a hazer [fol.]
10
El segundo que es pedir a Dios fauor fol.
13
El tercero que es la memoria de los
peccados [fol.]
13
De los peccados veniales y con qué
se perdonan [fol.]
15
De los mortales que son los que se
han de confessar [fol.]
16
De las circunstancias fol.
18
/85v/ Parte segunda: de las tres partes de la penitencia
La contrición: que tal ha de ser [fol.]
20
Contrición: qué cosa es y con qué
consideraciones se despierta [fol.]
25
Alabança de la confessión fo[l].
26
De la necessidad y vtilidad de la
confessión fol.
27
De las condiciones de la buena
confessión [fol.]
29
De la satisfactión fol.
31
A quién se ha de hazer la satisfactión [fol.]
34
De la oración y limosna y ayuno fol.
37
Del elegir confessor [fol.]
39
De la descommunión fo[l].
41
/86r/ Parte tercera: de los preceptos de Dios y de su yglesia
Lo que ha de hazer antes de entrar
en los mandamientos [fol.]
42
Que se accuse de los defectos en las
partes de la penitencia
y como, en
algunos casos, es obligado a reiterar la confessión [fol.] 42
Cómo cada mandamiento veda lo malo y
juntmenta manda
lo bueno fol.
44
Del primer mandamiento de Dios [fol.]
45
Del segundo fol.
47
Del tercero [fol.]
49
Del quarto [fol.]
50
Consideración particular acerca de
los príncipes y prelados
y
gouernadores fol.
51
/86r/ Del quinto mandamiento fol.
52
Del sexto y nono [fol.]
53
Del séptimo y décimo [fol.]
55
Del octauo [fol.]
57
De la correctión fraterna [fol.]
58
De los seys preceptos de a yglesia fol.
59
Parte
quarta: de los siete peccados mortales
Dela soberuia y sus remedios [fol.]
64
De la yra fol.
66
De la embidia fol.
68
De la luxuria [fol.]
69
De la gula [fol.]
70
De las auaricia [fol.]
71
De la accidia fo[l].
71
Del peccado contra el Spíritu Sancto [fol.]
74
/87r/ De los peccados que dan bozes
a Dios [fol]
74
Delas obras de misericordia fo[l].
74
De los sentidos y potencias del alma fol.
76
De lo final de la confessión fo[l].
77
Exhortación para que no se buelua
más a la mala vida fol.79
FIN
/87v/ ¶ Yo el doctor Iayme Ferrus, cathedrático de theología
en la vniversidad de Valencia, ha visto el presente confessionario del
illustríssimo y reuernecíssimo señor arçobispo de Valencia por commissión y
mandado de su reuerendíssima señoría y digo que todo él contiene doctrica
cathólica, sana y /88r/ muy prouechosa. En fe de lo qual hize la presente
firmada de mi nombre.
En
Valencia, el primero de março, 1566.
Iacobus
Ferruzius
ã[1] En la obra pone bien
claro líbito, por eso se mantendrá
aunque su significado sea el del vocablo líbido
y no se encuentre registrado en diccionario ni glosario alguno.
[2] Así aparece en el
texto; de todas maneras tiene más sentido con el pronombre se.